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En virtud de las facultades conferidas, se hace pública la siguiente lnstrucción:
«INSTRUCCIÓN DE 20 DE JUNIO DE 2013, DE LA COMISIÓN CENTRAL DE HOMOLOGACIÓN, RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE CIERTOS BIENES DECLARADOS DE NECESARIA UNIFORMIDAD
El Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados, dedica su Capítulo V a la contratación de obras, bienes y servicios homologados.
Con el régimen de bienes y servicios homologados se pretende una adecuada racionalización de la adjudicación de los contratos, a cuyo fin la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General con competencias en materia de Patrimonio, podrá declarar la necesaria uniformidad de las obras, bienes y servicios objeto de contratación por la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y vinculadas.
El artículo 34.4 del Decreto establece que tanto la Administración de la Junta de Andalucía como sus agencias administrativas estarán obligadas a contratar con las empresas homologadas sus correspondientes bienes y servicios homologados. Asimismo, la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 9 de mayo de 2011, establece la obligatoriedad de contratación de dichos bienes por las agencias públicas empresariales y de régimen especial, así como por las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz.
El Catálogo de Bienes y Servicios Homologados de la Junta de Andalucía incluye una amplísima gama de bienes con variedad de características, prestaciones y precios, que pretende satisfacer el máximo de necesidades que puedan plantearse a los órganos y entidades administrativas. Asimismo, se prevé su permanente actualización, al objeto de que los bienes o el equipamiento se adquieran al menor precio con el máximo de prestaciones adicionales. Además, el sistema goza de los mecanismos suficientes para la obtención de ventajas, por economía de escala, en los suministros de grandes cantidades.
En la actualidad, la Dirección General de Patrimonio ha declarado de necesaria uniformidad los siguientes bienes:
- Mobiliario de oficina, mediante Resolución de 24 de septiembre de 2004.
- Microordenadores y periféricos, mediante Resolución de 13 de noviembre de 2006.
- Papel y carpetas de archivo, mediante Resolución de 25 de mayo de 2007.
- Vehículos, mediante Resolución de 9 de octubre de 2007.
- Reprografía y alquiler de fotocopiadoras, mediante Resolución de 27 de noviembre de 2007.
- Acondicionadores de aire, mediante Resolución de 13 de julio de 2009.
- Elementos de señalización, mediante Resolución de 12 de enero de 2010.
No obstante, en la actualidad ha expirado la vigencia de los Acuerdos Marcos de Homologación de Mobiliario de Oficina, Vehículos y Papel y Carpetas de Archivo y la correspondiente obligación de contratar los bienes a las empresas del Catálogo de Bienes y Servicios Homologados así como la de comunicar la contratación a la Dirección General de Patrimonio.
En tanto en cuanto se configura el nuevo Catálogo de Bienes y Servicios Homologados y siguiendo lo establecido en el artículo 40 del citado Decreto 39/2011, de 22 de febrero, corresponde a la Comisión Central de Homologación la autorización para la contratación de bienes o servicios que habiendo sido declarados de necesaria uniformidad no estuviesen homologados.
Dada la casuística presentada esta Comisión Central de Homologación ha considerado que se hace necesario adoptar, con carácter general, una serie de medidas que sirvan para ordenar y agilizar el régimen de contrataciones de los mencionados bienes. En su virtud se dictan las siguientes disposiciones:
- Las compras de los vehículos declarados de necesaria uniformidad deberán ser autorizadas por la Comisión Central de Homologación, sin perjuicio de la correspondiente autorización previa por la Dirección General competente en materia de Patrimonio.
- En relación con los elementos incluidos en la Resolución de 24 de septiembre de 2004 acordando la necesaria uniformidad de Mobiliario de Oficina con destino a la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se consideran autorizadas las adquisiciones de aquellos bienes cuyo importe global por contrato no supere los 6.000,0O euros (IVA excluido).
- En relación con los elementos incluidos en la Resolución de 25 de mayo de 2007, por la que se declara la necesaria uniformidad del Papel y Carpetas de archivo con destino a la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se consideran autorizadas las adquisiciones de aquellos bienes cuyo importe global por contrato no supere los 3.000,00 euros (IVA excluido). Estos artículos deberán cumplir lo establecido en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Andalucía, publicado por la Dirección General de Comunicación Social de la Consejería de la Presidencia, según lo establecido en el Decreto 461/2004, de 27 de julio, sobre coordinación de la Comunicación Corporativa de la Administración de la Junta de Andalucía, en el Decreto 126/2002, de 17 de abril, por el que se aprueba la adaptación y actualizaciones del Manual de Diseño Gráfico y en el Decreto 245/1997, de 15 de octubre, en el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía.
Fuera de los supuestos previstos en los apartados anteriores, las solicitudes para la obtención de la autorización de la Comisión Central de Homologación, que deban tramitarse en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 39/2011, de 22 de febrero, deberán ser realizadas por la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería que pretenda celebrar el contrato, o de la que dependa la agencia administrativa que desea contratar, a instancia, en su caso, de esta última, y deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
a) Memoria justificativa por parte del órgano gestor de la contratación que fundamente la solicitud.
b) Cuantía o presupuesto de la adquisición.
c) Proyecto de pliego de prescripciones técnicas que haya de regir la contratación, adjuntando, en su caso, aquella documentación necesaria para su valoración.
Las entidades instrumentales formularán su propuesta a la Secretaría General Técnica de la Consejería de la que dependan, que efectuará, en su caso, la correspondiente solicitud.
Queda derogada la Instrucción de 2 de noviembre de 2006, de la Comisión Central de Compras, relativa a la adquisición de ciertos bienes declarados de necesaria uniformidad del Concurso de Determinación de Tipo de Papel y Carpetas de Archivo.
La presente Instrucción entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.»
Sevilla, 20 de junio de 2013.- El Director General, Juan Jesús Jiménez Martín.
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