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NIG: 1101242M20070000135.
Procedimiento: Juicio Ordinario 217/2007. Negociado: M.
Sobre Reclamación de cantidad y responsabilidad solidaria de administradores.
De: Hierros Jerez S.L.
Procuradora: Sra. María Isabel Gómez Coronil.
Letrado: Sr. José Alberto San Román Sánchez.
Contra: Doña Andrea Parra Fernández, doña Francisca Parrao Pazos y Agencia MG Truck, S.L.
Procuradora: Sra. María Inmaculada Rico Sánchez.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Ordinario 217/2007 seguido en eI Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz a instancia de Hierros Jerez, S.L. contra doña Andrea Parra Fernández, doña Francisca Parrao Pazos y Agencia MG Truck, S.L. sobre reclamación de cantidad y responsabilidad solidaria de administradores, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Cádiz, a 20 de julio de 2012.
Vistos por la Ilma. Sra. doña Nuria Auxiliadora Orellana Cano, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado con el núm. 217/2007, a instancia de la entidad Hierros Jerez, S.L., representada por la Procuradora doña M.ª Isabel Gómez Coronil y asistida por el Letrado don Alberto San Román, contra la entidad Agencia MG Truck, S.L., declarada en rebeldía, y contra sus administradoras doña Andrea Parra Fernández, representada por la Procuradora doña Inmaculada Rico Sánchez, y contra doña Francisca Parrao Pazos, declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad y responsabilidad de administradores.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la entidad Hierros Jerez, S.L., representada por la Procuradora doña M:ª Isabel Gómez Coronil y asistida por el Letrado don Alberto San Román, contra la entidad Agencia MG Truck, S.L.», declarada en rebeldía, y contra sus administradoras doña Andrea Parra Fernández, representada por la Procuradora doña Inmaculada Rico Sánchez, y contra doña Francisca Parrao Pazos, declarada en rebeldía, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 5.176,07 euros, en concepto de principal, más 110,54 euros, en concepto de gastos de protesto, así como la cantidad de 239,90 euros, en concepto de intereses hasta la presentación de la demanda, así como al pago de los intereses legales desde la presentación de la demanda, detallados en el fundamento jurídico sexto, que se liquidarán en ejecución de sentencia; imponiéndole a los demandados el pago de las costas devengadas en el presente proceso.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz, que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la misma.
Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse previamente constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 2235, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad en lo establecido en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados doña Andrea Parra Fernández, doña Francisca Parrao Pazos y Agencia MG Truck, S.L., extiendo y firmo la presente en Cádiz, a trece de mayo de dos mil trece.- El/La Secretario.
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