Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 01/07/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 22 de mayo de 2013, del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz, dimanante de procedimiento 86/2011. (PP. 1558/2013).

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NIG: 1101242M20110000015.

Procedimiento: Juicio Ordinario 86/2011. Negociado: M.

De: Holcim Hormigones, S.A.

Procuradora: Sra. María Isabel Gómez Coronil.

Letrado: Sr. José Alberto San Román Sánchez.

Contra: Don Antonio Aragón García.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Ordinario 86/2011 seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz a instancia de Holcim Hormigones, S.A. contra don Antonio Aragón García sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Cádiz, a 20 de mayo de 2013.

Vistos por mi, María del Castillo Mendaro Dorantes, Magistrada-Juez en Comisión de Servicios en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz, los presentes autos de Juicio Ordinario 86/11, seguidos a instancias de Holcing Hormigones, S.A., asistido del letrado Sr. San Román Sánchez y representada la Procuradora doña Isabel Gómez Coronil, contra don Antonio Aragón García, en situación legal de rebeldía, siendo el objeto del pleito, la declaración de la responsabilidad de los administradores y reclamación de cantidad en indemnización de los daños y perjuicios, en virtud de las facultades que me confiere la Constitución Española y en nombre del Rey, dicto la presente sentencia.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Compañía mercantil Holcim Hormigones, S.A. contra don Antonio Aragón García, y en consecuencia condeno a dicho demandado a pagar a la actora, la suma de 18.315,35 euros, más los intereses de demora, y al pago de las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse mediante escrito en este Juzgado, en el plazo de 20 días a contar desde el día siguiente al de su notificación. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Antonio Aragón García, extiendo y firmo la presente en Cádiz, a veintidós de mayo de dos mil trece.- La Secretario.

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