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El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín del Estado o Diario Oficial correspondiente. La Universidad de Granada, como entidad con personalidad jurídica, está incluida, respecto a los ficheros de datos de carácter personal, en el ámbito de aplicación de la mencionada Ley.
Los ficheros que se modifican por la presente Resolución cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
En su virtud, y de conformidad con los preceptos de las mencionadas normas, dispongo:
Primero. Objeto.
La presente Resolución tiene por objeto la modificación de ficheros de datos de carácter personal de la Universidad de Granada que se relacionan en Anexo.
Segundo. Medidas de seguridad.
Los ficheros que por la presente Resolución se modifican cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Tercero. Derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos.
Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos de carácter personal de los ficheros de titularidad de la Universidad de Granada que son objeto de modificación en virtud de la presente Resolución, se ejercerán ante la Secretaría General de la Universidad de Granada, Avda. del Hospicio, s/n, Hospital Real, Granada, excepto el del Defensor Universitario que se ejercitarán ante esta institución con sede en Avda. del Hospicio, s/n, Hospital Real, Granada.
Cuarto. Publicación.
De conformidad con las atribuciones que le confieren a este Rectorado la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, y los Estatutos de la Universidad de Granada, se ordena que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Quinto. Inscripción de la modificación de ficheros en el Registro General de Protección de Datos.
La modificación de los ficheros relacionados en esta Resolución será notificada a la Agencia Española de Protección de Datos por la Universidad de Granada, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia.
Sexto. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Granada, 27 de junio de 2013.- El Rector, Luis Jiménez del Barco Jaldo, Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado (por suplencia, Resolución de 29 de julio de 2011, BOJA núm. 156, de 10 de agosto).
ANEXO
I. El fichero «Alojamiento» se modifica en el siguiente sentido:
Tipos de datos, estructura y organización del fichero:
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, pasaporte, apellidos, nombre, dirección, correo electrónico, teléfono.
Datos de características personales.
Datos económicos, financieros y de seguros.
Datos de circunstancias sociales.
II. El fichero «Archivo Universitario. Fondos» se modifica en el siguiente sentido:
Encargado del tratamiento: Empresa de asistencia técnica y mantenimiento de software informático.
III. El fichero «Archivo Universitario. Usuarios» se modifica en el siguiente sentido:
Encargado del tratamiento: Empresa de asistencia técnica y mantenimiento de software informático.
IV. El fichero «Becas» se modifica en el siguiente sentido:
Cesiones previstas: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco, otras Universidades españolas, BOJA y librerías.
V. El fichero «Defensor Universitario» se modifica en el siguiente sentido:
Encargado del tratamiento: Empresa de asistencia técnica y mantenimiento de software informático.
VI. El fichero «Fomento al Empleo» se modifica en el siguiente sentido:
Cesiones previstas: Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, entidades públicas o privadas ofertantes de empleo y prácticas.
VII. El fichero «Historias Clínicas Odontología» se modifica en el siguiente sentido:
Encargado del tratamiento: Empresa encargada del mantenimiento de la aplicación informática.
VIII. El fichero «Inspección de Servicios» se modifica en el siguiente sentido:
1. Tipos de datos, estructura y organización del fichero:
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, pasaporte, apellidos, nombre, dirección, correo electrónico, teléfono.
Datos de características personales: Nacionalidad.
Datos académicos y profesionales.
Datos relativos a infracciones administrativas.
2. Medidas de seguridad: Nivel medio.
IX. El fichero «Habilitación y Seguridad Social» se modifica en el siguiente sentido:
1. Tipos de datos, estructura y organización del fichero:
Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono, correo electrónico.
Datos económicos, financieros y de seguros.
Datos de detalle de empleo.
Datos académicos y profesionales.
Datos especialmente protegidos: Salud, afiliación sindical.
2. Finalidad del fichero: Gestión de la vida laboral, cotizaciones a la Seguridad Social, gestión de altas y bajas laborales y emisión de certificados relativos a la Seguridad Social del personal de la UGR, retenciones y liquidación del IRPF, emisión de certificados y gestión de ayudas GAS del personal de la UGR y confección y gestión de nóminas de personal de la UGR y de personal externo.
X. El fichero «Órganos de Gobierno» se modifica en el siguiente sentido:
1. Tipos de datos, estructura y organización del fichero:
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, pasaporte, apellidos, nombre, dirección, correo electrónico, teléfono, firma.
Datos de características personales: Sexo.
Datos de detalles de empleo.
Otro tipo de datos: Cargo, centro, departamento, instituto, vicerrectorado o centro directivo, sector, comisiones.
2. Cesiones previstas: Web de la Universidad de Granada y BOJA.
XI. El fichero «Pacientes Odontología» se modifica en el siguiente sentido:
Encargado del tratamiento: Empresa encargada del mantenimiento de la aplicación informática.
XII. El fichero «Suscriptores y Boletines» se modifica en el siguiente sentido:
Tipos de datos, estructura y organización del fichero:
Datos de carácter identificativo: Correo electrónico.
XIII. El fichero «Unidad de Igualdad» se modifica en el siguiente sentido:
1. Tipos de datos, estructura y organización del fichero:
Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono, correo electrónico.
Datos de características personales.
Datos de circunstancias sociales.
Datos académicos y profesionales.
2. Medidas de seguridad: Nivel medio.
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