Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 04/07/2013

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 27 de junio de 2013, de la Universidad de Granada, por la que se aprueba la creación de ficheros de datos de carácter personal.

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El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín del Estado o Diario Oficial correspondiente. La Universidad de Granada, como entidad con personalidad jurídica, está incluida, respecto a los ficheros de datos de carácter personal, en el ámbito de aplicación de la mencionada Ley.

Los ficheros que se crean por la presente Resolución cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

En su virtud, y de conformidad con los preceptos de las mencionadas normas, dispongo:

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto la creación de ficheros de datos de carácter personal de la Universidad de Granada que se relacionan en Anexo.

Segundo. Medidas de seguridad.

Los ficheros que por la presente Resolución se crean cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Tercero. Derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos.

Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos de carácter personal de los ficheros de titularidad de la Universidad de Granada que son objeto de modificación en virtud de la presente Resolución se ejercerán ante la Secretaría General de la Universidad de Granada, Avda. del Hospicio, s/n, Hospital Real, Granada.

Cuarto. Publicación.

De conformidad con las atribuciones que le confieren a este Rectorado la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades modificada por la Ley Orgánica 4/2007, y los Estatutos de la Universidad de Granada, se ordena que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Inscripción de la creación de ficheros en el Registro General de Protección de Datos.

La creación de los ficheros relacionados en esta Resolución será notificada a la Agencia Española de Protección de Datos por la Universidad de Granada, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia.

Sexto. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Granada, 27 de junio de 2013.- El Rector, Luis Jiménez del Barco Jaldo, Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado (por suplencia, Resolución de 29 de julio de 2011, BOJA núm. 156, de 10 de agosto).

ANEXO

1. Identificación y finalidad del fichero.

Nombre del fichero: Personal evaluador de la UGR.

Descripción de la finalidad y usos previstos: Disponer de un registro de miembros de la comunidad universitaria que participen en diversos comités de evaluación (evaluación y acreditación del profesorado, proyectos de investigación, títulos de grado y posgrado, sistemas de garantía de la calidad, instituciones y servicios y proyectos de innovación).

Usos previstos: Gestión del personal que participe en los comités de evaluación.

2. Origen y procedencia de los datos.

Origen: El propio interesado o su representante legal.

Colectivos o categorías de interesados de los que se recaba los datos: PDI, PAS y estudiantado de la Universidad de Granada.

Procedimiento de recogida: Formulario on line.

3. Tipos de datos, estructura y organización del fichero.

Datos identificativos: Nombre, apellidos, dirección, localidad, provincia, país, teléfono, fax, correo electrónico.

Datos de características personales: Sexo, fecha de nacimiento.

Datos académicos y profesionales.

Otro tipo de datos: Actividades a realizar.

Sistema de tratamiento: Mixto.

4. Cesiones previstas: Agencias de evaluación, universidades y centros de enseñanza.

5. Transferencias internacionales de datos previstas: Sí. Universidades y centros educativos.

6. Órgano responsable del fichero: Universidad de Granada. Vicerrectorado de Garantía para la Calidad.

7. Servicio o Unidad ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General, Avda. del Hospicio, s/n, Hospital Real, Granada.

8. Medidas de seguridad: Básico.

9. Encargado del tratamiento: No procede.

1. Identificación y finalidad del fichero.

Nombre del fichero: Indicadores de calidad científica.

Descripción de la finalidad y usos previstos: recopilación y depuración de información sobre publicaciones científicas de profesores de universidades públicas españolas para la elaboración de índices de producción e impacto científico con el objetivo de realizar estudios bibliométricos y generar rankings.

Usos previstos: Fines históricos, estadísticos y científicos.

2. Origen y procedencia de los datos.

Origen: Administraciones Públicas, entidad privada.

Colectivos o categorías de interesados de los que se recaba los datos: Profesorado e investigadores de universidades públicas españolas.

Procedimiento de recogida: On line.

3. Tipos de datos, estructura y organización del fichero.

Datos identificativos: Nombre, apellidos.

Datos académicos y profesionales.

Otro tipo de datos: Impacto científico de las publicaciones.

Sistema de tratamiento: Automatizado.

4. Cesiones previstas: Web Hindexscholar.

5. Transferencias internacionales de datos previstas: No procede.

6. Órgano responsable del fichero: Universidad de Granada. Coordinación del Grupo de Investigación EC3.

7. Servicio o Unidad ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General, Avda. del Hospicio, s/n, Hospital Real, Granada.

8. Medidas de seguridad: Básico.

9. Encargado del tratamiento: No procede.

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