Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 31/07/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de junio de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Tres, dimanante de autos núm. 2222/2010.

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NIG: 2905442C20100008479.

Procedimiento: Familia. Separación contenciosa 2222/2010. Negociado: TJ.

Sobre: Divorcio contencioso.

De: Don Salvador Álvarez Becerro.

Procuradora: Doña Carmen Domínguez Porras.

Contra: Doña Marlene Guerra Díaz.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Separación contenciosa 2222/2010 seguido a instancia de Salvador Álvarez Becerro frente a Marlene Guerra Díaz se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Fuengirola a cuatro de abril dos mil trece.

Vistos por Nuria García-Fuentes Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de esta ciudad, los presentes autos de Divorcio contencioso núm. 2222/010, seguidos en este Juzgado, a instancia de Salvador Álvarez Becerro, representado por la Procuradora Carmen Porras y asistido por la Letrada Cristina Millán Pérez, contra Marlene Guerra Díaz, en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando la demanda presentada en nombre de Salvador Álvarez Becerro contra Marlene Guerra Díaz declaro disuelto por Divorcio el matrimonio celebrado entre ambos el día ocho de octubre de 2001, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, sin hacer expresa imposición de las costas causadas.

Firme que sea la presente resolución, comuníquese la presente resolución donde conste inscrito el matrimonio de los cónyuges litigantes.

Líbrese testimonio de la presente resolución que quedará unida a los autos por testimonio, uniéndose el original al Libro de Sentencias de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a su notificación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Y encontrándose dicha demandada, Marlene Guerra Díaz, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a la misma.

En Fuengirola, a trece de junio de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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