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El Real Decreto 251/1982, de 15 de enero, sobre transferencia de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Servicios y Asistencia Sociales, materializó el traspaso a la administración de la Junta de Andalucía, entre otros centros, del Club de Ancianos San Álvaro de Puerto Serrano en Cádiz, que tras la aprobación del Estatuto de los Centros de Día de la Tercera Edad, por Orden de 28 de diciembre de 1985 y la aprobación de la relación de puestos de trabajo del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, pasó a denominarse Centro de Día de la Tercera Edad San Álvaro I de Puerto Serrano.
La Dirección General de Personas Mayores, mediante Resolución de 3 de noviembre de 2011 y a propuesta de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Cádiz, acuerda el cierre definitivo del mencionado centro, en ejercicio de sus competencias atribuidas en el Decreto 205/2004, de 11 de mayo, y en el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, fundamentado en el cese del servicio de comedor y por existir otro Centro de Día que presta sus servicios en la misma localidad.
Por ello, y al objeto de adecuar la relación de puestos de trabajo a las necesidades surgidas y conseguir una mayor eficiencia en la prestación de los servicios sociales que lleva a cabo la Consejería de Salud y Bienestar Social, se propone la modificación de la relación de puestos de trabajo de la mencionada Consejería, suprimiendo los puestos de trabajo del Centro de Día San Álvaro I, cuya actividad ha cesado, y modificando aquellos puestos de trabajo de otros centros de destino, dependientes igualmente de la Consejería de Salud y Bienestar Social, a los que se adscribe la plantilla del mencionado Centro cerrado.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.
En su virtud, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.d) y h) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,
D I S P O N G O
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Salud y Bienestar Social.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Salud y Bienestar Social queda modificada en los términos indicados en el Anexo I de la presente Orden.
Artículo 2. Adscripción de personal.
El personal que como consecuencia de la presente Orden resulte adscrito a un puesto de trabajo distinto del que ocupaba, mantendrá el mismo carácter de ocupación con que venía desempeñando el anterior, según se refleja en el Anexo II.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de su aprobación se producirán a partir del día uno del mes siguiente al de su publicación.
Sevilla, 22 de julio de 2013
CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO | |
Consejera de Hacienda y Administración Pública |