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NIG: 2906742C20120024888.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1178/2012. Negociado: 8.
Sobre: J. Verbal Otros.
De: Consorcio de Compensación de Seguros.
Letrado: El Abogado del Estado.
Contra: Don Cristóbal Miguel Gómez y Productos Ecológicos Sierra de las Nieves, S.L.
EDICTO NOTIFICACIÓN SENTENCIA
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1178/2012, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga a instancia de Consorcio de Compensación de Seguros contra don Cristóbal Miguel Gómez y Productos Ecológicos Sierra de las Nieves, S.L., sobre J. Verbal Otros, se ha dictado la sentencia, que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
SENTENCIA Núm. 44/2013
En Málaga, a 5 de marzo de 2013.
Vistos por mí, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 1178/12, seguidos a instancias del Consorcio de Compensación de Seguros, representada y dirigida por el/la Letrado/a del Estado, contra don Cristóbal Miguel Gómez y Productos Ecológicos Sierra de las Nieves, S.L.U., declarados en rebeldía, versando los autos sobre reclamación de cantidad,
FALLO
Que estimando la demanda presentada por el/la Letrado del Estado, en nombre y representación del Consorcio de Compensación de Seguros, contra don Cristóbal Miguel Gómez y Productos Ecológicos Sierra de las Nieves, S.L.U., debo condenar a estos últimos a abonar solidariamente a la actora la suma de dos mil doscientos noventa y ocho euros con sesenta y cuatro céntimos (2.298,64 euros), más los intereses legales, y ello con imposición de las costas del juicio a los mismos.
Conforme a la disposición transitoria única de la Ley 37/2011, de 10 octubre 2011, el 31.10.2011 esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno (artículo 455.1 LEC).
Notifíquese la misma a la parte demandada rebelde en la forma prevenida en el art. 497.2 de la LEC.
Inclúyase la misma en el libro de legajos, dejando testimonio bastante en los autos.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s don Cristóbal Miguel Gómez, C/ Confianza, núm. 18, 29560 Pizarra, extiendo y firmo la presente en Málaga, a cinco de marzo de dos mil trece.- El Secretario Judicial.
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