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NIG: 2906742C20100004840.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 254/2010. Negociado: MR.
De: El Letrado del Consorcio de Compensación de Seguros.
Contra: Don Luis Cordón Muñoz.
EDICTO
En el presente procedimiento, Juicio Verbal (250.2) 254/2010, seguido a instancia del Letrado del Consorcio de Compensación de Seguros frente a Luis Cordón Muñoz se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA NÚM. 393/12
En Málaga, a 14 de diciembre de 2012.
Don Ramón Jiménez León, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de los de Málaga, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal número 254/10, seguidos como demandante por el Consorcio de Compensación de Seguros, asistido y representado por el Sr./a. Letrado del Consorcio de Compensación de Seguros, habiendo sido demandado don Luis Cordón Muñoz.
FALLO
Que estimando la demanda formulada por Consorcio de Compensación de Seguros, asistido y representado por el Sr./a. Abogado del Estado frente a don Luis Cordón Muñoz,
ACUERDO
1.º Condenar a dicho demandado a que abone a la parte actora la cantidad de 2.780,20 euros junto con el interés prevenido en el FJ 5.º de esta resolución.
2.º Condenar al demandado al pago de las costas devengadas en el pleito.
Hágase saber a las partes que contra esta sentencia no cabe recurso alguno (art. 455. apdo. 1 LEC).
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, don Luis Cordón Muñoz, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Málaga, a dieciocho de marzo de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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