Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 160 de 16/08/2013

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Consejería de Salud y Bienestar Social

Acuerdo de 5 de agosto de 2013, de la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social en Málaga, para la notificación por edicto de la Resolución de 2 de mayo de 2013 para el Acogimiento Familiar Permanente en Familia Extensa.

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Habiendo sido imposible la notificación en el domicilio establecido a efecto de notificaciones y en virtud de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, «Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio a que se refiere el punto 1 de este artículo, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón del Ayuntamiento en su último domicilio y en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cual sea la Administración de la que se proceda el acto a notificar, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó»; por la presente se notifica a los interesados que en sesión de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, celebrada en fecha 2.5.2013, se dictó Resolución de Idoneidad para el Acogimiento Familiar Permanente en Familia Extensa de don Sergio Iván Jiménez Valverde y doña Rocío Santaella Carmona, advirtiendo que contra la presente Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Málaga en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.

Se le significa que en los procedimientos en los que se sustancie la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores tendrán carácter preferente, según el art. 779 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Málaga, 5 de agosto de 2013.- El Delegado, Daniel Pérez Morales.

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