Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 17/10/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 19 de septiembre de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 416/2013.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 416/2013.

NIG: 2906744S20130005718.

De: Doña María Dolores Villalón Jiménez.

Contra: Winner Paul y Esther, S.L., Winner Carmen y Fernando, S.L., y Surtransa, S.L.

EDICTO

Doña Patricia de la Fuente Bustillo, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 416/2013, a instancia de la parte actora doña María Dolores Villalón Jiménez contra Winner Paul y Esther, S.L., Winner Carmen y Fernando, S.L., y Surtransa, S.L., sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado Resolución de fecha 17.9.13, del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por doña María Dolores Villalón Jiménez, frente a la entidad Winner Carmen y Fernando, S.L., sobre despido y reclamación de cantidad, debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración; y, a su vez, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de la presente sentencia, debiendo condenar y condenando a la empresa demandada:

1.º A que indemnice a la demandante en la cantidad de 3.814,66 euros por despido improcedente.

2.º Que debo condenar y condeno a la entidad demandada a abonar a la demandante la cantidad de 3.679,55 euros por los salarios devengados entre 1.2.2013 a 3.5.2013.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio de la misma para su unión a los autos, notifíquese y hágase saber a las partes que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso que habrá de anunciarse en este Juzgado en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución, mediante escrito o comparecencia ante el Juzgado, debiendo de consignar en metálico o mediante aval bancario, en el caso de que el recurrente no gozare del beneficio de justicia gratuita, en la sucursal de Banesto (cuenta núm. 2954.0000.30.0416.13), al anunciar el recurso, el importe de la condena y la cantidad de 300,00 € al tiempo de interponerlo

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario: Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «65» y «Social-Suplicación».

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado que la suscribe, en el día de su fecha y en audiencia pública. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Winner Carmen y Fernando, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a diecinueve de septiembre dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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