Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00038553.
NIG: 28.079.44.4-2012/0016762.
Autos núm.: Procedimiento Ordinario 393/2012.
Materia: Materias laborales individuales.
Ejecución núm.: 196/2013.
Ejecutante: Don Luis Raboso Amat.
Ejecutado: Esabe Vigilancia, S.A.
Fondo de Garantía Salarial.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Ángeles Charriel Ardebol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Catorce de Madrid, hago saber:
Que en el procedimiento de ejecución núm. 196/2013 (demanda núm. 393/2012) de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Luis Raboso Amat frente a Esabe Vigilancia, S.A., y Fondo de Garantía Salarial sobre Ejecución Forzosa, se ha dictado Decreto de fecha 25.11.2013 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 5.166,33 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado Esabe Vigilancia, S.A., por importe de 5.166,33 euros de principal, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
Una vez firme la presente Resolución, archívense las presentes actuaciones.
Notifíquese la presente Resolución.
Modo de impugnación: Contra el presente Decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2512-0000-64-0196-13.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
La Secretaria Judicial
Doña María Ángeles Charriel Ardebol
Diligencia. Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60, LRJS. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veinticinco de noviembre de dos mil trece.- La Secretaria Judicial.
Descargar PDF