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EDICTO
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de don Adrián Nicusor Cazacu, mayor de edad, de nacionalidad rumana, con NIE X3216335S y último domicilio conocido en calle Sevilla, 1, de la localidad de Antas (Almería), así como al desconocimiento del actual domicilio de Azabache Logística, S.L., cuyo último domicilio conocido lo fue en Sector II de Roquetas de Mar (Almería), ambos partes demandadas en el procedimiento ordinario 487/09 tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Huércal-Overa a instancia de doña María Pilar Carretero Caparrós y doña Catalina Carretero Caparrós; por diligencia de ordenación de 10 de octubre actual, el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la notificación de la sentencia dictada en el indicado rollo de apelación. A tal efecto seguidamente se inserta la parte dispositiva de la citada sentencia cuyo tenor literal es:
«Fallamos. Que estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 24 de año de 2011 dictada por el Juzgado Mixto núm. Dos de Huércal-Overa en el Juicio Ordinario núm. 487 de 2009, debemos revocar y revocamos en parte la referida resolución en cuanto al pago de los intereses del art. 20.4 de la L.C.S. que serán desde la fecha del siniestro hasta el 22 de abril de 2008. Se confirma en lo restante, sin expresa mención de las costas de esta alzada.»
En Almería, a 10 de diciembre de dos mil trece.- La Secretaria Judicial.
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