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NIG: 4109144S20100005158.
Procedimiento: Social Ordinario 472/2010. Negociado:
De: Don Ángel Blázquez Nacarino.
Contra: Grupo Focus Servicios Auxiliares, S.L.
EDICTO
Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.
Hace saber que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 472/2010 a instancia de la parte actora don Ángel Blázquez Nacarino contra Grupo Focus Servicios Auxiliares, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha 27.11.2012 del tenor literal siguiente:
AUTO
En Sevilla, a veintisiete de noviembre de dos mil doce.
Dada cuenta y;
HECHOS
Único. En providencia de fecha 27/40/2010 se concedió a la parte actora el plazo de cuatro días para que subsanase los defectos de la demanda, habiéndose recibido mediante comunicación edictal con fecha 29.10.2012, sin que se haya cumplimentado el requerimiento efectuado.
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Único. El artículo 81 de la Ley de Procedimiento Laboral establece el archivo de las actuaciones cuando transcurriera el plazo de cuatro días sin haberse producido la subsanación a que se refiere, sentado el artículo 43, párrafo 3.º, del mismo cuerpo legal el carácter perentorio e improrrogable de los plazos judiciales.
Visto el precepto citado y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
S.S.ª decide: Proceder al archivo de las actuaciones por no haberse cumplimentado el requerimiento efectuado a la parte demandante.
Notifíquese el presente auto a las partes, haciéndoles saber que contra el mismo cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida ajuicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto núm. 4023000030047210, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Cuatro, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición».
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra. doña María de las Nieves Rico Márquez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandante don Ángel Blázquez Nacarino y al demandado Grupo Focus Servicios Auxiliares, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veinticuatro de enero de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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