Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 11/02/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 29 de enero de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de procedimiento núm. 959/2011.

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Procedimiento: 959/2011.

Ejecución: 15.1/2013 Negociado: B3.

NIG: 2906744S20110014618.

De: Don Juan Antonio Contreras Floria y don Rafael Contreras Floria.

Contra: Figueroa y Contreras, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 15.1/2013 a instancia de la parte actora don Juan Antonio Contreras Floria y don Rafael Contreras Floria contra Figueroa y Contreras, S.L., sobre ejecución se ha dictado Auto de fecha 29.1.2013 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª Ilma. dijo: Procede y así por este auto se dicta orden general de ejecución, así como despachar la misma en los siguiente términos:

1. A favor de don Rafael Contreras Floria y don Juan Antonio Contreras Floria, contra Figueroa y Contreras, S.L.

2. El principal de la ejecución es por 43.062,98 €, más la cantidad de 6.890,07 presupuestada para intereses y costas, lo que hace un total de 49.953,05 .

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. Sr. don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Malaga. Doy fe.

Y se ha dictado Decreto de fecha 29.1.2013 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Precédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 43.062,98 euros en concepto de principal, mas la de 6.890,07 euros calculadas para intereses y gastos y no pudiéndose practicar diligencia de embargo al encontrarse la ejecutada en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de 10 días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo.

Consúltense las bases de datos de la AEAT y demás a las que tiene acceso este Juzgado, para comprobar existencia de bienes cuya titularidad sea de la ejecutada.

A la vista de la averiguación patrimonial practicada a través de la terminal de este Juzgado:

- Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado Figueroa y Contreras, S.L., mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es financieras adheridas al servicio de embargos telemáticos del Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal y costas, a tal efecto dése la orden telemática a través del Punto Neutro Judicial.

- Se Decreta el embargo de las devoluciones que de la AEAT pueda resultar respecto de la ejecutada, a tal efecto dése la orden telemática a la que tiene acceso este Juzgado.

- Asimismo, sin perjuicio del resultado de lo anterior, visto que en la consulta realizada por este Juzgado la demandada se encuentra como titular identificado sin actividades económicas y de baja en la seguridad social desde el 15.10.2010, dése audiencia al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo, advirtiéndole que transcurrido dicho plazo sin manifestación alguna, se procederá, en su caso, a dictar el correspondiente Decreto de Insolvencia Provisional de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Mediante recurso directo de revisión a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Figueroa y Contreras, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en eÍ BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veintinueve de enero de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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