Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00018967.
NIG: 2906742C20120013302.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 636/2012. Negociado: 6.
De: BMW Bank GMBH Sucursal en España.
Procurador: Sr. Carlos Buxo Narváez.
Letrado: Sr. Francisco Javier de Cossío Pérez de Mendoza.
Contra: Gabriel Pieras Consultores, S.L., y Gabriel Enrique Pieras Navarro.
edicto
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 636/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga a instancia de BMW Bank GMBH Sucursal en España contra Gabriel Pieras Consultores, S.L., y Gabriel Enrique Pieras Navarro, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 246/2012
En Málaga, a 18 de septiembre de 2012.
Vistos por mí, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 636/12, seguidos a instancias de BMW Bank GMBH Sucursal en España, representado por el Procurador don Carlos Buxo Narváez y dirigido por el Letrado don Javier de Cossío Pérez de Mendoza, contra don Gabriel Enrique Pieras Navarro y Gabriel Pieras Consultores, S.L., declarado/a en rebeldía.
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda de juicio ordinario promovida por el/la Procurador/a de los Tribunales y de BMW Bank GMBH Sucursal en España frente a don Gabriel Enrique Pieras Navarro y Gabriel Pieras Consultores, S.L., condenando a la parte demandada a abonar a la actora la suma de treinta y dos mil setenta y nueve euros con veintidós céntimos (32.079,22 euros), más los intereses de demora pactados al 18% y costas.
Contra esta Resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2958-0000-02-636-2012, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de Asistencia Jurídica Gratuita.
Notifíquese la misma a la parte demandada rebelde en la forma prevenida en el art. 497.2 de la LEC.
Inclúyase la misma en el libro de legajos, dejando testimonio bastante en los autos.
Así por esta mi sentencia, definitivamente Juzgando en Primera Instancia, la pronuncio, mando y firmo, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga.
Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Málaga, a dieciocho de septiembre de dos mil doce.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Gabriel Pieras Consultores, S.L., y Gabriel Enrique Pieras Navarro, C/ Palo Mayor, núm. 1, 29010 Málaga, extiendo y fimo la presente en Málaga, a veintinueve de octubre de dos mil doce.- El/La Secretario.
Descargar PDF