Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 18/03/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 31 de enero de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Dos), dimanante de procedimiento núm. 2635/2010. (PP. 363/2013).

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NIG: 2905442C20100008592.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 2635/2010. Negociado: F.

De: Puerto Deportivo de Fuengirola, S.A.M.

Contra: Don Adolfo Guzmán Saldaña.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 2635/2010 seguido a instancia de Puerto Deportivo de Fuengirola, S.A.M., frente a don Adolfo Guzmán Saldaña, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo, así como auto aclaratorio, son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 393/2012

En Fuengirola, a veinte de diciembre de dos mil doce.

La Ilma. Sra. doña Esperanza Brox Martorell, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Dos) y su partido, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal (250.2) 2635/2010 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Puerto Deportivo de Fuengirola, S.A.M., con Procurador don Félix García Agüera y Letrado don José Soldado Gutiérrez; y de otra como demandada don Adolfo Guzmán Saldaña.

FALLO

Que estimando como estimo la demanda formulada por Puerto Deportivo de Fuengirola, S.A.M., frente a don Adolfo Guzmán Saldaña, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la cantidad de 5.510,60 euros, más los intereses legales de dicha suma desde la interpelación judicial, y al pago de las costas procesales.

Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

«Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (art. 458 LEC). El recurso deberá interponerse por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.»...

Y encontrándose dicho demandado, don Adolfo Guzmán Saldaña, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Fuengirola, a treinta y uno de enero de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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