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NIG: 2906742C20090029612.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1332/2009. Negociado: 2.
Sobre: J. Verbal.
De: Consorcio de Compensación de Seguros.
Letrado/a Sr./a.: Abogado del Estado.
Contra: Don José Antonio Beltrán Martín.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1332/2009, seguido a instancia de Consorcio de Compensación de Seguros frente a don José Antonio Beltrán Martín, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA Núm. 199/10
En Málaga, a veintiuno de julio de dos mil diez.
Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Procedimiento Verbal que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia del Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido del señor Abogado del Estado, don José Antonio Beltrán Martín, en situación procesal de rebeldía.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Por el citado demandante se presentó demanda en virtud de la cual reclamaba del demandado también indicado la cantidad de 1.992,24 euros, en base a los hechos y fundamentos recogidos en la misma, y por cuyo suplico interesaba que en su día se dictase sentencia por la que, estimando la demanda, se condenase a la demandada a satisfacer la suma referida, más intereses legales y costas.
Segundo. Tras el examen de la jurisdicción y competencia, se dictó Auto por el que se ordenaba la admisión de la demanda, su traslado a la demandada y la citación de las partes para la celebración de la vista con las advertencias e indicaciones que la ley ordena. Habiendo sido las partes citadas a la misma en legal y debida forma, llegada la fecha y hora de convocatoria solo compareció la actora, motivo por el que el demandado fue declarado en situación procesal de rebeldía.
Así, abierto el acto, la actora se ratificó en su demanda, solicitó el recibimiento del pleito a prueba e interesó el dictado de una sentencia condenatoria con imposición de las costas a la demandada. Recibido a prueba, se acordó dar por reproducida la documental aportada con el escrito inicial y la testifical del perjudicado don Juan José Molina Crespo, indemnizado por el organismo demandante. Valorada la pertinencia de la prueba, se practicó con el resultado obrante, tras lo cual quedaron los autos vistos para sentencia.
Tercero. En los trámites del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
FALLO
Estimando íntegramente la demanda interpuesta por el señor Abogado del Estado, en nombre y representación del Consorcio de Compensación de Seguros, sobre reclamación de 1.992,24 euros, frente a don José Antonio Beltrán Martín, debo condenar y condeno al demandado a sufragar a la actora la citada cantidad, intereses legales según se determinan en el Fundamento de Derecho Tercero, y costas.
La presente resolución no es firme y contra ella podrá interponerse recurso de apelación en plazo de cinco días, que se preparará presentando escrito ante este Juzgado en el que se expresará la resolución apelada, la voluntad de recurrir y los pronunciamientos que se impugnan.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Dada, leída y publicada que ha sido la anterior Sentencia por la Ilma. señora Magistrada Juez que la suscribe, encontrándose celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.
Y encontrándose dicho demandado, don José Antonio Beltrán Martín, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Málaga, a treinta y uno de enero de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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