Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 19/03/2013

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud y Bienestar Social

Orden de 12 de marzo de 2013, por la que se cesa a doña Pilar Mesa Cruz como Directora del Plan Integral de Tabaquismo de Andalucía, y se nombra a don Daniel Jesús López Vega como Director del Plan Integral de Tabaquismo de Andalucía.

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La Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía, tiene por objeto, entre otros, establecer las funciones y competencias en materia de salud pública, sus prestaciones y servicios y las líneas para organizar su gobernanza, asegurando el carácter transversal, participativo e intersectorial de las actuaciones de la Administración pública y la organización de sus recursos multidisciplinares para obtener eficacia.

Así mismo define los determinantes de la salud, como el conjunto de factores personales, sociales, económicos y ambientales que determinan el estado de salud individual y colectiva.

La citada Ley 16/2011, de 23 de diciembre, en el artículo 68.2, establece que, «Las actuaciones de promoción de salud se dirigirán a todas las etapas de la vida de las personas -infancia, adolescencia, juventud, edad adulta y vejez- e irán destinadas a promover la salud física y mental, mejorando la competencia de las personas y acondicionando sus entornos, de forma que: g) El consumo de tabaco y otras sustancias adictivas se evite, se retrase o se abandone».

En virtud de lo dispuesto en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, la Consejería de Salud (actualmente Consejería de Salud y Bienestar Social), tiene la responsabilidad de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de los ciudadanos en la Comunidad Autónoma Andaluza, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y recursos, mejora de la calidad en los servicios, y utilización eficaz y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.

La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, establece en el artículo 33, que de conformidad con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud. Asimismo, se indica que dichos planes serán aprobados por la Consejería de Salud.

Por su parte el III Plan Andaluz de Salud, marco de referencia de los planes integrales, otorga un énfasis especial a las políticas de promoción de salud, entre las cuales la lucha contra el tabaquismo ocupa evidentemente un lugar propio. En este sentido, dentro del Plan Integral de Tabaquismo de Andalucía, la promoción de la salud juega un papel fundamental y se traduce en la conjunción de las estrategias de prevención y deshabituación previstas en el Plan Andaluz de Prevención del Tabaquismo, con otras actuaciones adoptadas por la Junta de Andalucía en materia de control de la publicidad de tabaco y la restricción de su consumo en ciertos espacios públicos.

Asimismo, este Plan Integral se plantea como un instrumento de coordinación de las actuaciones sanitarias y los recursos disponibles, para mejorar la atención a las personas fumadoras al tiempo que para proteger el derecho a la salud de toda la ciudadanía, sobre la base de potenciar estilos de vida saludables y promover mejores opciones y alternativas al tabaquismo. Todo ello, por supuesto, en un clima de conciliación, libertad y respeto mutuo, favoreciendo la participación e implicación de toda la población andaluza.

El desarrollo y seguimiento del citado Plan requiere de una persona de reconocido prestigio profesional y capacidad de dirección que impulse y dinamice las líneas de actuación.

Por todo lo expuesto con anterioridad y de conformidad con lo establecido en el art. 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Cesar a doña Pilar Mesa Cruz como Directora del Plan Integral de Tabaquismo de Andalucía.

Segundo. Nombrar a don Daniel Jesús López Vega como Director del Plan Integral de Tabaquismo de Andalucía.

Tercero. La designación no comporta retribuciones específicas, siendo éstas las correspondientes a su puesto de origen. El nombrado conservará la vinculación jurídica existente con su Institución de procedencia.

Cuarto. Las indemnizaciones que procedan a favor del mismo, por los desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio, se liquidarán por su Institución de origen, con arreglo a la normativa vigente.

Sevilla, 12 de marzo de 2013

MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
Consejera de Salud y Bienestar Social
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