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Procedimiento: Social Ordinario 689/2012. Negociado: 5.
NIG: 4109144S20120007577.
De: Fundación Laboral de la Construcción.
Contra: Jardines San Bernardo, S.L.
EDICTO
Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 689/2012 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Jardines San Bernardo, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 5.3.13 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Fundación Laboral de la Construcción, contra Jardines San Bernardo, S.L., en cuya virtud, debo condenar y condeno a la empresa a abonar al actor la cantidad de trescientos ochenta y cinco euros con diez céntimos (385,10 euros).
Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Jardines San Bernardo, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a dieciocho de marzo de dos mil trece.- El Secretario Judicial.
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