Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 04/04/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 18 de marzo de 2013, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por la que se modifica el Programa de incentivos para los servicios de asesoramiento en innovación «Cheque Innovación» recogidos en la Orden de 18 de enero de 2012.

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En el marco de las competencias que la Junta de Andalucía tiene atribuidas en materia de impulso de la actividad económica, desarrollo de la política financiera, gestión de fondos europeos, planificación económica, así como el fomento e implantación de nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, la economía social, en especial las cooperativas y las sociedades laborales y las actividades industriales, energéticas y mineras, fue dictada la Orden de 18 de enero de 2012, por la que se establecieron las bases reguladoras de un programa de incentivos para el fomento de la innovación y el desarrollo empresarial y se efectuó la convocatoria para los años 2012 y 2013 (en adelante Orden reguladora).

Uno de los programas englobados en la Orden de 18 de enero de 2012, es el contemplado en su Anexo IV denominado «Programa de incentivos para los servicios de asesoramiento en innovación» (Cheque Innovación), que tiene por objeto el fomento de la innovación en las pequeñas empresas mediante la concesión de incentivos a la contratación por las mismas de servicios de asistencia técnica para el desarrollo de los proyectos de innovación en sus procesos de negocio, que les permita adquirir los conocimientos y las técnicas adecuadas y adaptadas a su empresa en aras de la mejora de la competitividad y la productividad.

Los servicios hasta ahora incorporados dentro del Cheque Innovación engloban actuaciones identificadas como «Innovación para la transformación de los procesos de negocio de la Pyme», Innovación como consecuencia de la implantación de una estrategia de comercialización e Innovación para el rediseño o generación de nuevos productos y/o servicios.

En el desarrollo de los servicios anteriores y en el marco de la actual coyuntura de recesión económica, se hace necesario el tratamiento de nuevas realidades que amplíen el objeto pretendido. Fruto de ello, se recoge la posibilidad de incorporar una nueva línea de actuación que de cobertura a actividades relacionadas con las áreas de organización y gestión empresarial.

Esta nueva línea de actuación consistirá en la prestación de servicios por empresas o profesionales autónomos en áreas directivas de organización y gestión empresarial para la realización y puesta en marcha de planes de mejora o de negocio con el objeto de obtener mayores capacidades en las empresas. Ello posibilitará la consecución de los objetos del programa, potenciando la innovación empresarial y la mejora de la competitividad necesaria en consonancia con la creciente demanda de servicios de expertos en alta dirección por las empresas andaluzas para conseguir mejores capacidades y profesionalización que les ayuden a luchar contra la crisis, especialmente en aquellas más vulnerables como son las pequeñas empresas.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía y la disposición adicional tercera de la Orden de 18 de enero de 2012,

DISPONGO

Artículo 1. Incorporación de servicios innovadores recogidos en el programa de incentivos para los servicios de asesoramiento en innovación «Cheque Innovación».

Se incorporan como servicios de asistencia técnica incentivables dentro del Cheque Innovación, al objeto de permitir diagnosticar y/o implementar las capacidades innovadoras de la empresa, a los «Servicios de acompañamiento para la innovación en la Dirección, Organización y Gestión Empresarial». El servicio referido quedará incardinado como punto 3.4 del Anexo IV de la Orden de 18 de enero de 2012.

Artículo 2. Contenido de los servicios incorporados.

El servicio de acompañamiento para la innovación en la Dirección, Organización y Gestión Empresarial consistirá en la prestación de un servicio en las áreas directivas de organización y gestión de la empresa cuyo objeto será la realización y puesta en marcha de planes de mejora o de negocio con el objetivo de obtener mayores capacidades en la empresa que den lugar a la innovación empresarial y la mejora de la competitividad acompañando a la persona beneficiaria en la dirección de la empresa de forma continuada durante la dirección del servicio. Las personas prestadoras de los anteriores servicios deberán contar con reconocida experiencia en la dirección y en la gestión empresarial.

El servicio a prestar tendrá dos niveles de ejecución en función de su duración: uno con un plazo de duración de tres meses, cuyo coste es de 6.000 euros, y otro de seis meses de duración cuyo coste de 12.000 euros.

Artículo 3. Modificación de las instrucciones por la que se articula el procedimiento de acreditación necesario para determinar la capacidad e idoneidad de los prestadores de servicios innovadores.

La Instrucción por la que se regula la acreditación para prestar los servicios del programa Cheque Innovación, aprobada por Resolución de 20 de abril de 2012, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía será modificada en cuantos aspectos sean necesarios para dar cobertura a los nuevos servicios regulados por la presente y será publicada en la página web de la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A. (SANDETEL) como entidad colaboradora del programa.

Disposición final única. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de marzo de 2013.- El Secretario General, Antonio Valverde Ramos.

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