Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 09/04/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 26 de marzo de 2013, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se hace pública la dotación presupuestaria destinada en el ejercicio 2013 a la financiación de las subvenciones reguladas en la Orden de 20 de febrero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

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El apartado 5 del artículo 1 de la Orden de 20 de febrero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOJA núm. 43, de 2 de marzo de 2012), en adelante Orden reguladora, dispone que en cada ejercicio económico, una vez aprobada la Ley Anual de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se publicará mediante Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante AACID) las dotaciones presupuestarias que se destinarán a la financiación de las subvenciones reguladas en dicha Orden.

Para la convocatoria de 2013 de subvenciones de la citada Orden reguladora, por Orden de de 27 de diciembre de 2012, se modifica el plazo de presentación de las solicitudes y se determina que la dotación presupuestaria destinada a la financiación de las mismas será destinada íntegramente a la financiación de proyectos.

Por lo expuesto, en el uso de las facultades concedidas

RESUELVO

Único. Publicar que la dotación presupuestaria destinada a la financiación de las subvenciones reguladas por la Orden de 20 de febrero 2012, tendrá, para el ejercicio 2013, un importe máximo global de 25.000.000 de euros.

Esta dotación se distribuye en función de las finalidades de los proyectos en las cuantías que a continuación se especifican:

a) Subvenciones destinadas a proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo: 19.400.000 euros.

b) Subvenciones destinadas a proyectos de Acción Humanitaria, excepto emergencia: 3.000.000 de euros.

c) Subvenciones destinadas a proyectos de Educación para el Desarrollo: 2.100.000 euros.

d) Subvenciones destinadas a proyectos de formación y de investigación al desarrollo: 500.000 euros.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 1 de la Orden de referencia, esta distribución presupuestaria por finalidades de las intervenciones tiene carácter estimativo, sin que en ningún caso se supere el importe máximo global. En consecuencia, las dotaciones presupuestarias asignadas a cada una de ellas y que no resulten comprometidas podrán acumularse a las restantes.

Sevilla, 26 de marzo de 2013.- El Director, Enrique Pablo Centella Gómez.

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