Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 09/04/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 7 de marzo de 2013, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se cancela en el Registro de Fundaciones de Andalucía la inscripción de la Fundación para la Insercion Laboral a través de la Formación y Ayudas Sociales -Filafas- por traslado al registro estatal competente.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción del procedimiento de cancelación por traslado en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación para la Insercion Laboral a través de la Formación y Ayudas Sociales-Filafas, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El 28 de septiembre de 2012 tuvo entrada en la Consejería de Justicia e Interior escrito en el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía, de la modificación estatutaria adoptada por el Patronato de la Fundación para la Inserción Laboral a través de la Formación y Ayudas Sociales -Filafas-, incluyéndose en dicha modificación el cambio en el ámbito de actuación a «estatal», de la que resulta competente la Administración del Estado.

Segundo. Tras comunicación al órgano competente de la Administración estatal y a la Fundación, se resuelve desde esta misma Dirección General la no oposición al traslado de la Fundación que nos ocupa al nuevo órgano competente en fecha 30 de octubre de 2012 y la inscripción de la modificación estatutaria; recibiéndose el 13 de febrero de 2013 Orden de la Secretaría General Técnica actuando por delegación del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, de inscripción de la Fundación bajo el número 1531.

Tercero. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación:

- Escritura Pública otorgada el 27 de septiembre de 2012 ante la Notario Berta Alicia Salvador y Pastor, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 767 de su protocolo, donde se contiene la certificación del acuerdo adoptado por el Patronato de la Fundación, de fecha 19 de septiembre del mismo año, sobre modificación de los Estatutos, el ámbito de actuación de la misma, y con mención expresa sobre la ausencia de prohibición por parte de la persona fundadora para proceder a la modificación de estatutos acordada por el Patronato.

- Orden, firmada por delegación por la Secretaría General Técnica, del Ministro de Educación Cultura y Deporte de fecha 10 de diciembre de 2012 de inscripción de la Fundación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Consta en el expediente la comunicación para dicho acto al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, habiéndose cumplido las previsiones contenidas en el artículo 1 y en la disposición adicional tercera de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, con relación al ámbito de actuación competencial de la Administración de la Junta de Andalucía y las comunicaciones entre los órganos administrativos de Registro de Fundaciones autonómico andaluz y estatal.

Tercero. Esta Dirección General es competente para resolver el presente procedimiento de cancelación de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 del Reglamento de organización y funcionamiento del mismo, aprobado por la citada disposición.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado Único sobre las Fundaciones Andaluzas, previsto en la disposición adicional primera del Decreto 32/2008, de 5 de febrero, y las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, todo ello de acuerdo con el artículo 8.2.c) del Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Inscribir la baja en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación para la Inserción Laboral a través de la Formación y Ayudas Sociales -Filafas- por traslado al registro estatal competente, una vez se haya procedido a la inscripción en el mismo.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante la Consejería de Justicia e Interior.

Sevilla, 7 de marzo de 2013.- La Directora General, Carmen Belinchón Sánchez.

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