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Capítulo 3
Condiciones particulares para los elementos catalogados
Artículo 187. Relación de Elementos Singulares con Protección Estructural. Patrimonio arquitectónico e ingenieril.
- Puente sobre el Arroyo Salado.
Artículo 188. Relación de Elementos Singulares con Protección Estructural. Patrimonio etnológico.
- Catacumbas de Tentecarretas.
- Pilar del Cambrón.
- Pilar del Prado.
- Fuente del Pilar.
Artículo 189. Niveles de Intervención de los Elementos Singulares Protegidos con Protección Estructural.
Nivel 1. Conservación: De acuerdo con el modo descrito en la ficha del Catálogo.
Nivel 2. Redistribución: No es de aplicación.
Nivel 3. Renovación: No es de aplicación.
Nivel 4. Ampliación: No es de aplicación.
Nivel 5. Sustitución: No es de aplicación.
Córdoba, 2 de abril de 2013.- El Delegado, Francisco José Zurera Aragón.
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