Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 02/05/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de marzo de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Málaga, dimanante de procedimiento 772/2012. (PP. 785/2013).

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NIG: 2906742C20120021198.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 772/2012. Negociado: B.

Sobre: Divorcio Contencioso.

De: Liliana Pavel.

Procuradora: Sra. M.ª Encarnación Tinoco García.

Letrado: Sr. David Armada Martín.

Contra: Dumitru Marian Pavel.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 772/2012 seguido en eI Juzg. de Primera Instancia núm. Seis de Málaga a instancia de Liliana Pavel contra Dumitru Marian Pavel sobre Divorcio Contencioso, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 153/13

En Málaga, a veintisiete de febrero de dos mil trece.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Gloria Muñoz Rosell, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis (de familia) los autos de Divorcio Contencioso núm. 772/12 promovidos por la Procuradora doña María Encarnación Tinoco García, en nombre y representación de doña Liliana Pavel, asistida por el Letrado don David Armada Martín, contra don Dumitru-Marian Pavel, siendo parte el Ministerio Fiscal, con los siguientes

FALLO

Debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio entre don Dumitru-Marian Pavel y doña Liliana Pavel, con los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento, incluida la disolución del régimen económico del matrimonio, y declarando que la esposa continuará con sus apellidos de soltera, con adopción de las siguientes medidas:

Se atribuye a la madre la custodia del menor, así como la patria potestad sobre el mismo.

No se concreta régimen de visitas alguno respecto al padre para con el menor.

Se fija en ciento ochenta (180) euros mensuales la pensión de alimentos a favor del hijo menor, que deberá abonarse por el padre, y que se actualizará anualmente, de conformidad con las variaciones que experimente el índice de precios al consumo fijados por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya.

No es procedente hacer especial pronunciamiento sobre costas.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación y previa la consignación exigida por la legislación vigente.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Dumitru Marian Pavel, extiendo y firmo la presente en Málaga, a cuatro de marzo de dos mil trece.- El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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