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Don Alfonso Lasso de la Vega y Pedroso ofrece, con fecha 28 de octubre de 2012, la donación de un bien mueble del Patrimonio Histórico que se detalla en el Anexo. El bien que se dona a la Comunidad Autónoma de Andalucía para su destino en el Museo de Bellas Artes de Sevilla, resulta de especial interés para las colecciones de este Museo por completar la nómina de autorretratos que posee el Museo de los pintores sevillanos de los siglos XIX y XX. El Museo de Bellas Artes de Sevilla informa sobre el interés del bien ofertado.
La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía, faculta en su artículo 87.1 a la Consejería de Cultura para aceptar las donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Los efectos del artículo 87.1 de la citada Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, deben considerarse extendidos a todos los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente a los declarados de interés cultural, o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Por lo expuesto, y vistos los informes mencionados, y a propuesta de la Dirección General de Bienes Culturales e Instituciones Museísticas,
RESUELVO
Primero. Aceptar la donación de un bien mueble integrante del Patrimonio Histórico que se detalla en el Anexo, dispuesta por don Alfonso Lasso de la Vega y Pedroso, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y del que se toma posesión en este acto por la Consejería de Cultura y Deporte.
Segundo. Adscribir y depositar el citado bien en el Museo de Bellas Artes de Sevilla, cuya Directora levantará acta de recepción definitiva, en la que se mencionará la presente Orden de aceptación de la donación. Consecuentemente, el bien ingresará en el Museo de Bellas Artes de Sevilla en concepto de depósito de la Junta de Andalucía, que lo acuerda en calidad de Administración gestora y en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1.c) del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de titularidad estatal y del Sistema Español de Museos.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de diciembre de 2012
LUCIANO ALONSO ALONSO | |
Consejero de Cultura y Deporte |
Anexo
Autor | Título | Cronología | Técnica | Dimensiones |
Antonio Cabral Bejarano | Autorretrato | 1851 | Óleo sobre lienzo | 55 x 42 cm |