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SENTENCIA NÚMERO 231/13
En la ciudad de Granada, a diez de abril de dos mil trece.
Vistos por doña Juana Carrero Fernández, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, de Familia, los presentes autos de procedimiento de divorcio contencioso seguidos ante este Juzgado bajo el número 976/11, promovidos a instancia de don Arnulfo De Jesús María Cardoso, representado por el Procurador don Antonio Arenas Medina y defendido por la Letrada doña M.ª del Carmen López Rodríguez, contra doña Ana María Gamarra Ruiz, declarada en situación procesal de rebeldía, sin la intervención del Ministerio Fiscal, ha dictado la presente resolución en base a los siguientes
FALLO
Que estimando totalmente la demanda interpuesta por el Procurador don Antonio Arenas Medina, en nombre y representación de don Arnulfo De Jesús María Cardoso, frente a doña Ana María Gamarra Ruiz, debo declarar y declaro el divorcio postulado, y en su consecuencia disuelto en todos sus efectos legales el matrimonio contraído por aquellos el día 5 de junio de 2009.
Todo ello sin expresa declaración en cuanto a las costas causadas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Granada.
Una vez firme esta resolución, remítase testimonio de la misma al Registro Civil correspondiente para que se haga la oportuna anotación marginal en el asiento referente al matrimonio de los cónyuges a los que afecta.
Inclúyase la presente en el libro de sentencias, llevándose testimonio a los autos de su razón.
Así, por esta mi sentencia, juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
E/
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública el día de la fecha, de lo que yo, el Secretario Judicial, doy fe.
Y para que sirva de notificación a la demandada doña Ana María Gamarra Ruiz, con domicilio conocido.
En Granada, a 6 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.
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