Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 21/05/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 14 de mayo de 2013, de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Cádiz, por la que se acuerda la tramitación de urgencia de los procedimientos de recursos y reclamaciones contra los listados de alumnos admitidos y no admitidos en los centros sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2013/2014.

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Visto: Que esta Delegación Territorial es competente para conocer de los recursos y reclamaciones contra los listados de alumnos y alumnas admitidos y no admitidos para el curso escolar 2013/2014 en los diferentes Centros sostenidos con fondos públicos, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 52 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los universitarios, en relación con la disposición adicional sexta de la Orden de 24 de febrero de 2011.

Considerando: Que el plazo máximo de resolución de los recursos y reclamaciones expresados viene fijado en tres meses por el art. 52.3 del Decreto citado, que el plazo de estos recursos y reclamaciones comienza el 21 de mayo de 2013 y finaliza el 21 de junio de 2013, y que el curso escolar tiene su inicio en los primeros días del mes de septiembre, se aprecia que concurren razones suficientes de interés público para, de acuerdo con el art. 50.1 de la Ley 30/1992, aplicar al procedimiento la tramitación de urgencia prevista en dicha norma, con los efectos de reducir a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario.

Esta Delegación Territorial acuerda: Declarar de urgencia la tramitación del procedimiento para la resolución de los recursos y reclamaciones contra los listados de alumnos y alumnas admitidos y no admitidos para el curso escolar 2013/2014 en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato de la provincia de Cádiz.

Contra el presente acuerdo no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto por el art. 50.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 14 de mayo de 2013.- La Delegada, Cristina Saucedo Baro.

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