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NIG: 0407942C20110005063.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1003/2011. Negociado: JM.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Man Financial Services España, S.L.
Procurador Sr.: José Manuel Gutiérrez Sánchez.
Letrado Sr.: Manuel Guerrero Pedrosa.
Contra: María del Carmen Galdeano Martín, Susana Moreno Moreno, Antonio Miguel Moreno Moreno y Transportes el Granaíno, S.L.
Procuradora Sra.: Marina Ceballos Martínez.
Letrada Sra.: Alicia Gutiérrez Escobar.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1003/2011 seguido a instancia de Man Financial Services España, S.L., frente a Transportes el Granaíno, S.L., y otros, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA nÚM. 76/2012
En Roquetas de Mar, a cuatro de julio de dos mil trece.
Vistos por doña Lourdes Cantón Plaza, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cuatro de Roquetas de Mar y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1003/2011, seguidos a instancia de Man Financial Services España, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don José Manuel Gutiérrez Sánchez y asistida del Letrado don Manuel Guerrero Pedrosa sobre reclamación de cantidad, contra María del Carmen Galdeano Martín, Susana Moreno Moreno y Antonio Miguel Moreno Moreno, representados por la Procuradora de los Tribunales doña Marina Cevallos Martínez y asistidos por la Letrada doña Alicia Gutiérrez Escobar, y contra Transportes el Granaíno, S.L., en situación de rebeldía procesal, atendiendo a los siguientes,
FALLO
Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don José Manuel Gutiérrez Sánchez en nombre y representación de Man Financial Services España, S.L., contra María del Carmen Galdeano Martín, Susana Moreno Moreno y Antonio Miguel Moreno Moreno, representados por la Procuradora de los Tribunales doña Marina Cevallos Martínez y contra Transportes el Granaíno, S.L., en situación de rebeldía procesal, y condeno a los codemandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 20.664,67 euros.
No ha lugar a efectuar imposición de costas.
Notifíquese a las partes la presente Sentencia, haciéndoles saber que contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que deberá ser interpuesto en este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación, para su conocimiento por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Almería.
Así, por esta Sentencia, juzgando definitivamente en Primera Instancia, y de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo, doña Lourdes Cantón Plaza, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cuatro de Roquetas de Mar y su partido judicial.
Y encontrándose dicho demandada, Transportes el Granaíno, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Roquetas de Mar, nueve de enero de dos mil catorce.- El/La Secretrario/a Judicial.
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