Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 16/06/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa y declaración en concreto de utilidad pública de ejecución de línea eléctrica que se cita, en el término municipal de Benaocaz y Ubrique. (PP. 593/2014).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de 23 de marzo de 2005, en nombre y representación de la entidad mercantil Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., con domicilio en Avda. de la Borbolla, 5, CP 41004, Sevilla, solicitó la autorización administrativa, aprobación del proyecto y declaración de utilidad pública, en concreto, para la instalación que se cita, de acuerdo con el Título VII, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

A tal efecto se adjuntó el proyecto de línea eléctrica M.T. D/C, desde sub. «Ubrique» hasta Benaocaz núm. Alborada: SC0214/3, en el término municipal de Benaocaz y Ubrique y relación de propietarios de los terrenos afectados.

Segundo. De conformidad con el artículo 144 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante R.D. 1955/2000), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio, respectivamente, en el BOP de Cádiz número 131, de 11.7.2013, BOJA número 146, de 26.7.2013, BOE número 183, de 1.8.2013 y en Diario de Jerez de fecha 8.7.2013. Del mismo modo, se publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Benaocaz y Ayuntamiento de Ubrique durante el periodo de 20 días.

Tercero. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, fueron notificados los Organismos que pudieran ser afectados en sus bienes y servicios, en concreto, Ayuntamiento de Benaocaz, Ayuntamiento de Ubrique, Delegación Territorial de Cádiz de la Consejería de Fomento y Vivienda, Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Cádiz y Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Cádiz, no habiendo recibido oposición de ninguno de ellos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Territorial es competente para resolver sobre la citada autorización, aprobación del proyecto y declaración de utilidad pública, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en los Decretos de la Presidenta 3/2013 de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía y 149/2012, de 5 de Mayo por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, BOJA núm. 59, de 28.3.2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería Innovación, Ciencia y Empresa, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/199­9, de 13 de enero, ­de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú­blicas y del Procedi­miento Administra­tivo Común.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Ser­vi­cio de Industria, Energía y Minas, resuelve:

Otorgar a Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., Autorización administrativa, y declarar en concreto la utilidad pública a los efectos señalados en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y del Articulo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos, para el establecimiento de la instalación cuyas principales carac­terísticas son las siguientes:

Descripción de la instalación: Línea eléctrica M.T. D/C, desde sub. «Ubrique» hasta Benaocaz núm. Alborada: SC0214/3, en los términos municipales de Benaocaz y Ubrique.

Emplazamiento de la instalación: Subestación «Ubrique» a Benaocaz.

Términos municipales afectados: Benaocaz y Ubrique.

Finalidad de la instalación:

Línea Descripción Origen Final Tipo Tensión (kV) Longitud (km) Conductores Apoyos
1 LÍNEA PRINCIPAL - D/C SET Ubrique - Benaocaz Apoyo D/C proyectado Apoyo D/C Proyectado Aérea 20 4,321
LA-110
(94-AL1/22-ST1A)
Metálicos en celosía galvanizados en caliente
2
Derivación
núm. 1: CT «Sondeo Rano»
Apoyo proyectado en línea principal Apoyo existente Aérea 20 0,326
LA-56
(47-AL1/8-ST1A)
Metálicos en celosía galvanizados en caliente
3 Derivación núm. 2: CT «El Cintillo» Apoyo proyectado en línea principal Apoyo existente Aérea 20 1,057
LA-56
(47-AL1/8-ST1A)
Metálicos en celosía galvanizados en caliente
4
Derivación
núm
. 3: CT «TVE Benaocaz»
Apoyo proyectado en línea principal Apoyo proyectado en línea derivación núm. 2 Aérea 20 0,334
LA-56
(47-AL1/8-ST1A)
Metálicos en celosía galvanizados en caliente
5 Línea subterránea 1 Celda de 20 KV en SET «Ubrique» Apoyo metálico D/C proyectado Subterránea 20 0,03 RHZ1 18/30 KV 3x (1x240 mm2) Al + H16 n/a
6 Línea subterránea 2 Apoyo metálico D/C proyectado CT San Blas Subterránea 20 0,75 RHZ1 18/30 KV 3x (1x240 mm2
)
Al + H16
n/a
7 Línea subterránea 3 CT Piscina Benaocaz CT San Antón Subterránea 20 0,975 RHZ1 18/30 KV 3x (1x240 mm2) Al + H16 n/a

Referencia: AT-7656/05.

Esta autorización y aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las espe­ciales siguientes:

1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.

2. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las con­diciones impuestas en ella.

3. En tales supuestos la administración, previo el oportuno ex­pediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se de­riven según las disposiciones legales vigentes.

4. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecu­ción, el cumplimiento de los condicionados que han sido esta­blecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la insta­lación, habiendo sido aceptados por el mismo.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía ad­ministrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Ilmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notifica­ción, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú­blicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 19 de febrero de 2014.- El Delegado, José Manuel Miranda Domínguez.

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