Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 02/07/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

Orden de 26 de junio de 2014, por la que se actualizan los importes de financiación que se determinan en el Catálogo General de Ortoprotésica de Andalucía.

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El Decreto 195/1998, de 13 de octubre, por el que se regula la prestación ortoprotésica, aprueba el Catálogo General de Ortoprotésica en el que se incluyen las prótesis externas, ortesis, vehículos para inválidos y prótesis especiales que pueden ser prescritas, dispensadas y financiadas por el Sistema Sanitario de la Junta de Andalucía en las condiciones y cuantías que en cada caso se determinen. Este Catálogo ha sido objeto de actualización a través de sucesivas disposiciones administrativas de carácter general.

En la Comunidad Autónoma de Andalucía, la prestación ortoprotésica se facilita mediante la dispensación por el establecimiento de ortopedia del producto ortoprotésico incluido en el Catálogo, sin que el usuario deba abonar importe alguno por el mismo ni tampoco adelantarlo. El Servicio Andaluz de Salud, a través de sus hospitales, deberá abonar al establecimiento de ortopedia dispensador los productos que hubieran sido correctamente facturados.

La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, regula la ordenación de las prestaciones sanitarias. La prestación ortoprotésica se encuentra incluida en la cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud. Las comunidades autónomas pueden aprobar, en el ámbito de sus competencias, sus respectivas carteras de servicios que incluirán la cartera común.

Por otra parte, en el apartado 3 del artículo 8 quinquies de la citada Ley se establece que las comunidades autónomas deberán destinar los recursos económicos necesarios para asegurar la financiación de la cartera común de servicios, siendo preceptiva para la aprobación de la cartera de servicios complementaria de una comunidad autónoma la garantía previa de suficiencia financiera en el marco del cumplimiento de los criterios de estabilidad presupuestaria.

En este sentido, a partir de la reforma del artículo 135 de la Constitución Española, se incorpora el principio de estabilidad presupuestaria en las actuaciones de todas las Administraciones Públicas. En cumplimiento de este mandato constitucional la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, introduce, además, los principios de sostenibilidad financiera, responsabilidad y lealtad institucional.

Para garantizar el cumplimiento de estos principios y de los compromisos adquiridos en materia de estabilidad presupuestaria, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2012 se aprueba el Plan Económico-Financiero de Reequilibrio de la Junta de Andalucía 2012-2014. Este Plan constituye un conjunto programado de medidas concretas en materia de ingresos y de gastos y obliga a las Consejerías y a sus entes instrumentales a elaborar un Plan Económico-Financiero en el que se recogerán las medidas de racionalización del gasto.

En aplicación de estas medidas de ajuste presupuestario, resulta necesaria una reducción de los importes económicos que la Administración sanitaria abonará a los establecimientos de ortopedia por los productos incluidos en el Catálogo General de Ortoprotésica.

Finalmente, cabe destacar que la presente Orden tiene en cuenta el principio de transversalidad de género, conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, según el cual los poderes públicos integrarán la perspectiva de igualdad de género en la elaboración, ejecución y seguimiento de las disposiciones normativas, con el objeto de eliminar los efectos discriminatorios que pudieran causar y para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres.

En virtud de los expuesto, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la disposición final primera del Decreto 195/1998, de 13 de octubre,

DISPONGO

Artículo único. Actualización del Catálogo General de Ortoprotésica.

Se modifica el contenido del Anexo I del Decreto 195/1998, de 13 de octubre, por el que se regula la prestación ortoprotésica, en el que figura el Catálogo General de Ortoprotésica, minorando en un diez por ciento los importes máximos de financiación de cada uno de los productos. La reducción se aplicará a los importes actualizados mediante la Orden de 7 de diciembre de 2005, incluyéndose en dichos importes la cuantía del impuesto sobre el valor añadido (IVA) de acuerdo con el tipo vigente en cada momento.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día primero del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de junio de 2014

MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ RUBIO
Consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales
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