Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00053223.
La Diputación Provincial de Cádiz, mediante acuerdo adoptado en Pleno, de fecha 17 de noviembre de 2010, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la creación y clasificación de un puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, reservado a funcionario con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención, para la función de asistencia a los municipios contemplada en los artículos 26.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 5 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 11; 12.1.f) y 14.2.e) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía; en el apartado 3 de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en los artículos 2 y 9 del citado Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.
De la documentación aportada se desprende que el puesto fue creado y dotado presupuestariamente mediante acuerdo de Pleno de fecha 17 de noviembre de 2010, por lo que no le es de aplicación las limitaciones contempladas en el artículo 21.Uno.1 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 7.2.d) del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local
R E S U E L V E
Primero. Crear y clasificar el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención Asistencia Municipios de la Diputación Provincial de Cádiz, asignándoles la función de asistencia a los Municipios, de conformidad con lo establecido en los artículos 11; 12.1.f) y 14.2.e) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía; el artículo 26.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 5 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para su desempeño por funcionarios con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Sevilla, 29 de julio de 2014.- El Director General, Francisco Javier Camacho González.
Descargar PDF