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NIG: 2990142C20120008835.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1629/2012. Negociado: EA.
De: Nopin Alavesa, S.A.
Procurador: Sr. Juan Jesús González Pérez.
Contra: Hospital Costa del Sol, UTE.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1629/2012 seguido a instancia de Nopin Alavesa, S.A., frente a Hospital Costa del Sol, UTE se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA NÚM. 222/13
En Torremolinos, a 27 de septiembre de 2013.
Doña M.ª Zoraida Hidalgo Hornos, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio ordinario, registrados con el número 1629/12, promovidos por la entidad mercantil Nopin Alavesa, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales don Luis Pérez Ávila, y asistida por la Letrada doña Elena Marcos Arizaga, contra la entidad Hospital Costa del Sol, UTE, declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Se estima íntegramente la demanda formulada por la representación procesal de la entidad Nopin Alavesa, S.A., contra la entidad Hospital Costa del Sol, UTE, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 50.402,30 euros junto con los intereses legales. Debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar las costas causadas en el presente procedimiento.
Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se interpone recurso de apelación en el plazo de 20 días. Se advierte expresamente que al interponer el citado recurso se tendrá que acreditar que se ha constituido el depósito por importe de 50 euros al que hace referencia la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, salvo que el recurrente este exento por ley de constituir el mismo, mediante la consignación de dicho importe en la cuenta, correspondiente a este procedimiento, de depósitos y consignaciones abierta en la Entidad Banesto a nombre del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Torremolinos.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevara certificación a los autos de que dimana. definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, Hospital Costa del Sol UTE, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Torremolinos, a veintidós de noviembre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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