Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00054686.
FALLO
Que debo estimar parcialmente la oposición a las operaciones divisorias formulada por la Procuradora doña M.ª Victoria Derqui Silva en representación de don Antonio Gámez Martín aprobando el cuaderno particional presentado por la Sra. Contadora, de los bienes relictos de don Antonio Gámez Comino y doña Emeteria Martín Arroyo con las siguientes modificaciones:
1.º En el apartado B del punto 3, cada hermano habrá de compensar a don José Gámez Martín con las siguientes sumas:
Doña Magdalena Gámez Martín, dos mil veintinueve euros con cuarenta y tres céntimos (2.029,43 euros).
Don Francisco Gámez Martín, dos mil veintinueve euros con cuarenta y tres céntimos (2.029,43 euros).
Don Francisco Gámez Martín, dos mil veintinueve euros con cuarenta y tres céntimos (2.029,43 euros).
Don Antonio Gámez Martín, mil doscientos noventa y nueve euros con ocho céntimos (1.299,08 euros).
Don Manuel Ramos Martín, seis mil ochocientos cincuenta y nueve euros con cincuenta y dos céntimos (6.859,52 euros).
Se suprime el deber de don José Gámez Martín de compensar a doña Josefa Gámez Cuéllar y doña Francisca Gámez Cuéllar, sin perjuicio de lo establecido mas adelante.
2.º En el apartado D, del punto 3 del cuaderno, se declara que doña Antonia Gámez Martín, don Francisco Gámez Martín y don Manuel Ramos Martín, deberán abonar a cada uno de sus hermanos, don Antonio, doña Magdalena y don José Gámez Martín la cantidad de 5.668,35 euros.
3.º En el apartado E del punto 3 del cuaderno particional, se establece la obligación de doña Magdalena Gámez Martín, don José Gámez Martín, doña Antonia Gámez Martín, don Francisco Gámez Martín y don Antonio Gámez Martín, de abonar a doña Josefa Gámez Cuéllar y doña Francisca Gámez Cuéllar, las cantidades que se les reconocen, de manera que cada uno de ellos vendrá obligado, en su caso, al pago de 1.380,02 euros.
Sin expreso pronunciamiento sobre costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado, en el plazo de veinte días, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Granada.
Descargar PDF