Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 03/02/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 13 de diciembre de 2012, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos y de Violencia sobre la Mujer de Berja, dimanante de procedimiento ordinario núm. 781/2010. (PP. 263/2013).

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NIG: 0402942C20100001710.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 781/2010. Negociado: CI.

De: Doña Isabel Larios Prados, doña María Filomena Navas Larios y doña Isabel Gumersinda Navas Larios.

Procuradora Sra.: Rosalía Filomena Ruiz Fornieles.

Letrado Sr.: Enrique Ibáñez Ibáñez.

Contra: Don Juan Antonio Martín Robles.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 781/2010 seguido a instancia de Isabel Larios Prados, María Filomena Navas Larios e Isabel Gumersinda Navas Larios frente a Juan Antonio Martín Robles se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos y Violencia sobre la Mujer de Berja.

Procedimiento: Juicio Ordinario núm. 781/2010.

SENTENCIA

En Berja, a 25 de junio de dos mil doce.

Doña Sonia Quesada Cazalla, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Berja, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario número 781/2010 seguidos a instancia de doña Isabel Larios Prados, doña María Filomena y doña Isabel Gumersinda Navas Larios, representadas por la Procuradora doña Rosalía Filomena Ruiz Fornieles y asistida por el Letrado don Enrique Ibáñez Ibáñez, contra don Juan Antonio Martín Robles, sobre reclamación de contrato.

FALLO

Estimar íntegramente la demanda deducida por la Procuradora, doña Rosalía Filomena, en nombre y representación de doña Isabel Larios Prados, de doña María Filomena y de doña Isabel Gumersinda Navas Larios.

Declaro resuelto el contrato de compraventa de 14 de febrero de 2005, por el que se transmitía la propiedad de la finca sita en el paraje de la Peñaborrada del término municipal de Berja, inscrita en el Registro de la Propiedad de Berja, bajo el número 29.118, al tomo 1513, del libro 363, folio 43.

Condeno a la parte demandada a perder las cantidades satisfechas hasta el momento de interposición de la demanda; es decir, la cantidad de 19.603,00 euros.

Condeno a la parte demandada a restituir la posesión de la finca a los actores.

Con expresa imposición de las costas causadas en este procedimiento a la parte demandada.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación directamente ante este órgano judicial en el término de veinte días desde su notificación, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, artículo 455 de la LEC.

Para la admisión a trámite del recurso, previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 0243/0000/04/0781/10, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 00 y tipo concreto del recurso, de conformidad en lo establecido en el apartado 5.º de la Disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Una vez firme la presente resolución, líbrese Oficio al Registro de la Propiedad de Berja para que reinscriba a nombre de los actores como dueños de pleno dominio la finca para el caso de que se halle inscrita a nombre de don Juan Antonio Martín Robles.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo

Publicación. La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la Sra. Juez, hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Juan Antonio Martín Robles, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo y a su esposa, a los efectos del artículo 144 del R.H.

En Berja, a trece de diciembre de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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