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NIG: 4103842C20060002552.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 344/2006. Negociado: RA.
De: Don José Barrera Suárez.
Procuradora: Sra. Doña María Virtudes Moreno García.
Contra: Comunidad hereditaria de don José Antonio Ruiz Martínez.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 344/2006 seguido a instancia de don José Barrera Suárez frente a comunidad hereditaria de don José Antonio Ruiz Martínez se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Dos Hermanas, a 6 de marzo de 2013.
Vistos Oscar Rey Muñoz, Magistrado-Juez titular del Juzgado núm. Uno de esta localidad, los autos correspondientes al Juicio Ordinario 344/2006 por Acción Declarativa de Dominio, Seguidos a instancia de la Procuradora doña Virtudes Moreno García en nombre y representación de don José Barrera Suárez, asistido por la Letrada doña Consuelo Terrero Monge contra la comunidad hereditaria de doña Josefa Carmena López y comunidad hereditaria de don José Antonio Ruiz Martínez, ambas en rebeldía procesal.
FALLO
Estimar la demanda interpuesta por don José Barrera Suárez contra la comunidad hereditaria de doña Josefa Carmona López y comunidad hereditaria de don José Antonio Ruiz Martínez, declarando que don José Barrera Suárez es propietario con carácter privativo del 50% (que aparece inscrito a nombre de doña Josefa Carmona López y don José Antonio Ruiz Martínez, aparte del cual ya le correspondía y está inscrito a su favor) de la vivienda, sita en la calle Lagartijo, número 13, de Dos Hermanas, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1, de Dos Hermanas, al tomo 175, libro 175, finca número 7.974, y del 100% con carácter privativo de la vivienda, sita en la calle Lepanto, número 30, puerta 1, piso 2.º, de Badalona (Barcelona), inscrita en el registro de la Propiedad número 2, de Badalona, al tomo 2941, libro 161, finca 8.561.
Debiéndose proceder a realizar las inscripciones correspondientes a su favor con cancelación de las que resulten contradictorias.
Sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Notifíquese a las partes, a las demandadas por edictos, comunicándoles que contra esta sentencia que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de 20 días desde que sea notificada, a resolver en su caso por la Audiencia Provincial. Para lo cual habrá de constituirse un depósito previo de 50 euros, debiéndose junto con la interposición del recurso adjuntarse justificante de haber hecho dicha consignación en la cuenta del Juzgado Banesto 3963 0000 04 0344 06, así como presentar liquidación de tasas judiciales (modelo 696), sin cuyos requisitos se inadmitirá a trámite el recurso.
Y encontrándose dicho demandado, comunidad hereditaria de don José Antonio Ruiz Martínez, en paradero desconocido, se expide el presente a fín que sirva de notificación en forma al mismo.
En Dos Hermanas, a siete de marzo de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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