Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 11/03/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 3 de febrero de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Marbella, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 503/2012.

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NIG: 2906942C20120004187.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 503/2012. Negociado: 04.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Nilandu Didi Cetian Cadote.

Procuradora: Sra. Mercedes Núñez Camacho.

Letrada: Sra. Sandra María Gómez Erola.

Contra: Abdelkrim Sekiou.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 503/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Marbella a instancia de Nilandu Didi Cetian Cadote contra Abdelkrim Sekiou sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA NÚM. 21/2014

Juez que la dicta: Doña Estefanía Zapico Martín.

Lugar: Marbella.

Fecha: Tres de febrero de dos mil catorce.

Parte demandante: Nilandu Didi Cetian Cadote.

Abogado: Sandra María Gómez Erola.

Procurador: Mercedes Núñez Camacho.

Parte demandada: Abdelkrim Sekiou (en rebeldía).

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Núñez Camacho, en nombre y representación de Nilandu Didi Cetian Cadote, contra Abdelkrim Sekiou, debo condenar y condeno al referido demandado a que abone a la actora la suma de cincuenta y ocho mil euros (58.000 euros), más los intereses legales conforme a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero de esta sentencia. Todo ello con imposición a la parte demandada condenada del pago de las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC). Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 3579 0000, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Abdelkrim Sekiou, extiendo y firmo la presente en Marbella, a tres de febrero de dos mil catorce.- El/La Secretario.

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