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Procedimiento: 825/12.
Ejecución de títulos judiciales 112/2013. Negociado: J.
NIG: 4109144S20120009091.
De: Don Antonio Lavado Martínez.
Contra: Guerrero Méndez Asociados, S.L.
EDICTO
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento núm. 825/12, hoy ejecución 112/2013, a instancia de don Antonio Lavado Martínez contra Guerrero Méndez Asociados, S.L., en la que con fecha 31.10.13, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Que debo rectificar y rectifico el auto antes señalado, en la parte dispositiva, que en lugar de decir “Se fija la indemnización de 45 días en 10.185,80 € y de 33 días en 1.298,79 , que habrá de abonar la empresa al trabajador e igualmente El importe de los salarios dejados de percibir desde el 13.5.12 hasta el 10.4.13 a razón del salario diario de 17,53 (526,18 : 30), lo que asciende a 5.837,49 ”, debe decir Se fija la indemnización de 45 días en 14.293,83 y de 33 días en 1.724,21 , que habrá de abonar la empresa al trabajador e igualmente El importe de los salarios dejados de percibir desde el 13.5.12 hasta el 10.4.13 a razón del salario diario de 24,60 euros, lo que asciende a 8.191,80 , manteniéndose el resto de pronunciamientos.
Notifíquese la presente resolución a todas las partes.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la sentencia o auto a que se refiera la solicitud o actuación de oficio del tribunal (art. 267.7 de la LOPJ), computándose el plazo para el recurso contra la citada resolución desde el día siguiente a la notificación del auto que reconociera o negase la omisión de pronunciamiento y acordase o denegara remediarla.»
Así lo acuerda y firma doña Nieves Rico Márquez, Magistrada del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Guerrero Méndez Asociados, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconoce, libro el presente Edicto en Sevilla, a veintisiete de febrero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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