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Procedimiento: Social Ordinario 1156/2011. Negociado: 2I.
NIG: 4109144S20110013201.
De: Doña María Ángeles Martín Martín.
Contra: Esabe Vigilancia, S.A.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1156/2011 a instancia de la parte actora doña María Ángeles Martín Martín contra Esabe Vigilancia, S.A., sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 20 de febrero de 2014 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por María de los Ángeles Martín Martín contra Esabe Vigilancia, S.A., y Fogasa, debo condenar y condeno a la demandada Esabe Vigilancia, S.A., que abone a la actora la suma de 8.387,44 euros.
No se hace pronunciamiento expreso de condena respecto del Fogasa.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, debiendo ser anunciado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Esabe Vigilancia, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veinticinco de febrero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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