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NIG: 4109142C20120014613.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 449/2012. Negociado: 3L.
De: BBVA, S.A.
Procuradora: Sra: Encarnación Roldán Barragán.
Contra: Don/Doña Manuel Ceballos Martín, Manuel Martínez Antúnez, José Manuel Ramos Mateos, Esperanza Loria Martínez y Ana Mateo Hernández.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 449/2012 seguido a instancia de BBVA, S.A., frente a Manuel Ceballos Martín, Manuel Martínez Antúnez, José Manuel Ramos Mateos, Esperanza Loria Martínez y Ana Mateo Hernández se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA núm. 218/2013
Juez que la dicta: Don Manuel J. Hermosilla Sierra.
Lugar: Sevilla.
Fecha: Veintidós de noviembre de dos mil trece.
Parte demandante: BBVA, S.A.
Procuradora: Encarnación Roldán Barragán.
Parte demandada: Manuel Martínez Antúnez, Manuel Ceballos Martín, Ana Mateo Hernández, José Manuel Ramos Mateos y Esperanza Loria Martínez.
Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.
FALLO
Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Encarnación Roldán Barragán en nombre y representación de BBVA, S.A., contra don Manuel Ceballos Martín, doña Ana Mateo Hernández, don José M. Ramos Mateos, doña Esperanza Loria Martínez y don Manuel Martínez Antúnez, condeno a los demandados a abonar solidariamente a la actora un total de 120.000 euros, más los intereses legales incrementados en dos puntos devengados desde la fecha de liquidación de la deuda a 29 de septiembre de 2011 y hasta su completo pago, y todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 40530000/04/0449/12, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose el demandado, Manuel Ceballos Martín, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla, a dieciocho de diciembre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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