Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 28/03/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 21 de marzo de 2014, de la Dirección General de Universidades, por la que se publica el Protocolo Marco con las Universidades Públicas de Andalucía, para el fomento de la cultura emprendedora.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría General ha resuelto publicar el Protocolo marco entre la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía y las Universidades de Sevilla, Granada, Córdoba, Málaga, Cádiz, Almería, Huelva, Jaén, Internacional de Andalucía y Pablo de Olavide, para el fomento de la cultura emprendedora en las Universidades Públicas de Andalucía.

En su virtud, resuelvo:

Único. Hacer público el presente Protocolo Marco, mediante su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Sevilla, 21 de marzo de 2014.- El Director General, Manuel Torralbo Rodriguez.

PROTOCOLO MARCO ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LAS UNIVERSIDADES DE SEVILLA, GRANADA, CÓRDOBA, MÁLAGA, CÁDIZ, ALMERÍA, HUELVA, JAÉN, INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA Y PABLO DE OLAVIDE, PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA EMPRENDEDORA EN LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA

En Sevilla, a 19 de febrero de 2014

REUNIDOS

De una parte:

Don José Sánchez Maldonado, Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, nombrado por Decreto de la Presidenta 6/2013, de 9 de septiembre, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9.2 y 26.2.i de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Y de otra:

Don Antonio Ramírez de Arellano López, Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, en virtud del Decreto 58/2012, de 6 de marzo (BOJA núm. 48, de 9 de marzo); don Francisco González Lodeiro, Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Granada, en virtud del Decreto 194/2011, de 14 de junio (BOJA núm. 118, de 17 de junio); don José Manuel Roldán Nogueras, Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, en virtud del Decreto 303/2010, de 1 de junio (BOJA núm. 108, de 4 de junio); doña Adelaida de la Calle Martín, Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Málaga, en virtud del Decreto 8/2012, de 17 de enero (BOJA núm. 13, de 20 de enero); don Eduardo González Mazo, Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz, en virtud del Decreto 230/2011, de 5 de julio (BOJA núm. 133, de 8 de julio); don Pedro Roque Molina García, Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Almería, en virtud del Decreto 449/2010, de 21 de diciembre (BOJA núm. 250, de 24 de diciembre); don Francisco Ruiz Muñoz, Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Huelva, en virtud del Decreto 64/2013, de 25 de junio (BOJA núm. 125, de 28 de junio); don Manuel Parras Rosa, Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Jaén, en virtud del Decreto 115/2011, de 19 de abril (BOJA núm. 83, de 29 de abril); don Eugenio Domínguez Vilches, Sr. Rector Magnífico de la Universidad Internacional de Andalucía, en virtud del Decreto 153/2013, de 1 de octubre (BOJA núm. 193, de 2 de octubre) y don Vicente Carlos Guzmán Fluja, Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide, en virtud del Decreto 308/2012, de 19 de junio (BOJA núm. 120, de 20 de junio).

Todos y todas en función de sus respectivos cargos y en uso de las facultades que les están conferidas,

EXPONEN

Alcanzar una sociedad andaluza más próspera, avanzada, cohesionada, sostenible y más solidaria es posible si incorporamos instrumentos que propicien el fomento de una cultura emprendedora e innovadora en nuestra Comunidad Autónoma.

El Consejo Europeo de Lisboa, de marzo de 2000, definió la educación en el espíritu emprendedor como el motor para una cultura empresarial más dinámica. Por otra parte, la Carta de Bolonia, firmada en la Primera Conferencia de Ministros Responsables de Pequeña y Mediana Empresa en junio de 2000, reconoce que la competitividad de las empresas se verá favorecida por la creación de políticas de educación y de gestión de los recursos humanos que fomenten una cultura de innovación y de empresa.

Asimismo, en febrero de 2001, el Consejo de Ministros de Educación de la Unión Europea señala entre los objetivos futuros de los sistemas educativos, el refuerzo de los vínculos entre instituciones educativas y empresas, así como el desarrollo del espíritu de empresa en la educación y en la formación.

El Espacio Europeo de Educación Superior abre una oportunidad de mejora del Sistema Universitario Andaluz al establecer un mecanismo de reconocimiento europeo de titulaciones basado en la calidad, incorporando, entre otros valores, el fomento de la cultura emprendedora. Haciéndose eco de todo lo anteriormente expuesto, el Modelo de Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía para el período 2007-2011, prorrogado hasta 2014, establece como prioridad la estimulación de una mentalidad emprendedora entre los universitarios y universitarias: «...los programas universitarios deben estructurarse de manera que se mejore directamente la empleabilidad de los licenciados. (...) Incluso se pretende ir más allá de las necesidades del mercado de trabajo y estimular una mentalidad emprendedora entre los alumnos».

El informe de la Comisión de las Comunidades Europeas sobre el Procedimiento Best determina que el empleo, la mejora de la competitividad y el crecimiento económico en Europa pasan necesariamente por el fomento de la cultura de la actividad emprendedora, constatándose, en consecuencia, la necesidad de disponer de un marco nacional-regional para la educación en el espíritu empresarial y en la cultura emprendedora.

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2010, se aprobó la formulación del Plan para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Andalucía, con objeto de definir, estructurar e incorporar, un conjunto de competencias, actitudes, aptitudes y prácticas, para desarrollar la cultura y la actividad emprendedora en el marco del Sistema Educativo Público de Andalucía.

Por ello, el Gobierno andaluz, siendo consciente de la importancia social y económica que para la Comunidad Autónoma tiene la implantación del espíritu emprendedor y la cultura emprendedora, dictó el Decreto 219/2011, de 28 de junio, por el que se aprueba el Plan para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Andalucía (BOJA núm. 137, de 14 de julio).

En el marco de todas las directrices anteriores, la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, tras analizar la situación actual en el ámbito de las Universidades Públicas de Andalucía, ha incorporado en el Plan para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Andalucía una serie de acciones a llevar a cabo por las Universidades, para el cumplimiento de los objetivos específicos enmarcados dentro de la seis grandes líneas estratégicas que se establecen en el Plan.

En la sesión del pleno del Consejo Andaluz de Universidades, celebrada el 12 de abril de 2011, se informó favorablemente ante las acciones propuestas en el Plan para fomentar la cultura emprendedora en las Universidades Públicas Andaluzas.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en la legislación vigente, las partes firmantes acuerdan las siguientes:

ESTIPULACIONES

Primera.

El objeto del presente Protocolo es establecer el marco de colaboración entre la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y las Universidades Públicas Andaluzas para impulsar, desarrollar y regular las bases para la ejecución del Plan para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el ámbito universitario (acciones adjuntas en el Anexo), que permita establecer una Red Andaluza de Universidades Emprendedoras.

Segunda.

La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y las Universidades firmantes, se identifican con las seis líneas estratégicas en las que se encuadran las acciones e iniciativas del Plan para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Andalucía:

- Línea estratégica de Creatividad e Innovación, para promover la creatividad y la innovación a lo largo de todas las etapas y niveles del sistema educativo.

- Línea estratégica de Concienciación, con objeto de impulsar las funciones de información, sensibilización y motivación del espíritu emprendedor, la innovación y la creatividad.

- Línea estratégica de Capacitación, para desarrollar los conocimientos y las capacidades para emprender e innovar.

- Línea estratégica de Experimentación, desde la que ejercitar la aplicación práctica de los conocimientos y habilidades adquiridos en emprendimiento, innovación y creatividad.

- Línea estratégica de Aplicación y Creación de Empresas, dirigida a la materialización de las experiencias de emprendimiento en la efectiva creación de empresas reales y el fomento del autoempleo.

- Línea estratégica del Ecosistema, que pretende incorporar al entorno del Sistema Educativo a todos los agentes complementarios y externos del mismo, en un marco dinámico e interrelacional que contribuya al emprendimiento, aprovechando sinergias y produciendo valor añadido en el fomento de la cultura emprendedora en Andalucía.

Tercera.

La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, dentro de sus competencias y estructura orgánica, se compromete a realizar las acciones en las que figura como agente responsable en el Anexo I del Plan para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Andalucía, aprobado por el Decreto 219/2011, de 28 de junio (BOJA núm. 137, de 14 de julio).

Posteriormente, la Ley 3/2012 de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico y financiero de la Junta de Andalucía, en la disposición adicional octava, contempla ampliar el Plan hasta 2017, sin incrementarse la dotación presupuestaria prevista para los años 2011-2015.

Cuarta.

Con el fin de propiciar la financiación de nuevas iniciativas empresariales, se creó el Fondo para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el ámbito universitario, destinado a propiciar la financiación de iniciativas empresariales que se constituyan en dicho ámbito.

Para ello, las Universidades Andaluzas presentarán solicitudes de financiación para acogerse a este Fondo, a las cuales la Comisión Académica del Consejo Andaluz de Universidades dará su conformidad.

La tramitación de la financiación de estas operaciones serán gestionadas a través de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía. (BOJA núm. 255, de 31 de diciembre de 2011, Disposición adicional novena).

Quinta.

Las Universidades firmantes se comprometen a desarrollar, dentro de las líneas estratégicas contempladas en el Plan para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Andalucía, las acciones que sean de su competencia, siempre respetando el principio de autonomía universitaria.

Sexta.

Las Universidades remitirán anualmente, a la Dirección General de Universidades de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, una memoria en la que se detallen todas las actuaciones llevadas a cabo durante el ejercicio natural anterior, recogidas en el Plan para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Andalucía.

Séptima.

Cada Universidad designará, en un plazo de un mes desde la firma del presente Protocolo, una persona que coordine las actuaciones que conllevan el Plan, como referente e interlocutor con la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Octava.

Se establece una Comisión de Seguimiento del presente Protocolo, que tendrá como función el control, seguimiento y evaluación de las actividades que son objeto del mismo. Dicha Comisión estará formada por el Director General de Universidades, que actuará como Presidente, en representación de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y una persona por cada una de las Universidades Públicas Andaluzas firmantes de este Protocolo. Esta Comisión se constituirá en el plazo máximo de 2 meses, contados a partir de la fecha de la firma de este Protocolo.

Novena.

La Comisión se reunirá de manera ordinaria una vez al año, para la valoración y cumplimiento de las actuaciones reflejadas en las memorias citadas en la cláusula sexta. Aprobadas las mismas, la Dirección General de Universidades elevará un informe de seguimiento y evaluación al equipo de Coordinación del Plan de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Décima.

La Comisión de Seguimiento se ajustará al régimen de funcionamiento de los órganos colegiados, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por el artículo 19 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Undécima.

El presente Protocolo entrará en vigor desde el momento de su firma y tendrá vigencia hasta la finalización del Plan. No obstante, podrá resolverse por alguna de las siguientes causas:

- Mutuo acuerdo de las partes.

- Incumplimiento por alguna de las partes de cualquiera de las estipulaciones establecidas en el presente Protocolo.

- Decisión de cualquiera de las partes, si sobreviniesen causas que impidiesen o dificultasen de forma significativa su puesta en práctica, debiendo ser comunicados por escrito los motivos de la misma a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Y para que así conste, en prueba de conformidad, se firma el presente Protocolo, en 11 ejemplares, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo., José Sánchez Maldonado. Por la Universidad de Sevilla, Antonio Ramírez de Arellano López. Por la Universidad de Granada, Francisco González Lodeiro. Por la Universidad de Córdoba, José Manuel Roldán Nogueras. Por la Universidad de Málaga, Adelaida de la Calle Martín. Por la Universidad de Cádiz, Eduardo González Mazo. Por la Universidad de Almería, Pedro Roque Molina García. Por la Universidad de Huelva, Francisco Ruiz Muñoz. Por la Universidad de Jaén, Manuel Parras Rosa. Por la Universidad Internacional de Andalucía, Eugenio Domínguez Vilches. Por la Universidad Pablo de Olavide, Vicente Carlos Guzmán Fluja.

Anexo

A continuación se presentan, las líneas estratégicas, objetivos y acciones específicas contemplados en el Plan para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el Sistema Educativo Público de Andalucía, aprobado en el Decreto 219/2011, de 28 de junio (BOJA núm. 137, de 14 de julio). Una definición más detallada de cada una de ellas, queda recogida en el Anexo I del Plan, junto con el resto de las acciones a desarrollar en el Sistema Educativo Público de Andalucía.

1. Línea estratégica de Creatividad, Innovación y Responsabilidad.

Objetivo 3. Valorizar la creatividad y la innovación en los contextos educativos.

Acciones:

- Organización de actividades de fomento sobre la creatividad y la innovación.

- Promoción de concursos de ideas creativas e innovadoras.

- Ofrecer en el Campus Andaluz Virtual herramientas interactivas en técnicas de creatividad e innovación.

- Fomentar la participación creativa e innovadora en las tareas de aprendizaje en el aula.

Objetivo 4. Emprender innovando.

Acciones:

- Incorporar un repositorio de buenas prácticas en emprendimiento.

Objetivo 5. Investigar para la innovación.

Acciones:

- Impulsar la innovación derivada de los resultados de los proyectos de investigación.

2. Línea estratégica de Concienciación.

Objetivo 6. Difundir los valores de la cultura emprendedora.

Acciones:

- Transmitir en las jornadas de recepción de alumnos y alumnas la importancia de adquirir actitudes emprendedoras.

- Programar coloquios con personas expertas creativas e innovadoras para transmitir sus conocimientos.

- Incorporar en la Memoria Anual y en la de responsabilidad social de la Universidad las actividades realizadas en emprendimiento.

- Fomentar la configuración de Unidades Integradas de Gestión para impulsar la cultura emprendedora.

- Fortalecer la visibilidad en el Portal Web de cada Universidad de la información, actividades y conocimientos relacionados con el emprendimiento.

- Elaborar un manual compartido en el Campus Andaluz Virtual de orientación sobre emprendimiento.

- Informar sobre cultura emprendedora en las jornadas de puertas abiertas al futuro alumnado.

- Difusión de la creación de empresas basadas en resultados de investigación con participación de alumnos y alumnas.

Objetivo 7. Sensibilizar y motivar sobre el emprendimiento en sus distintas modalidades.

Acciones:

- Realizar jornadas para universitarios donde se les muestren ideas y productos novedosos en su ámbito.

- Incorporar stands informativos sobres técnicas creativas y de innovación en ferias de empleo.

- Crear un programa de seguimiento de la actividad profesional de los alumnos y alumnas egresados.

- Incorporar parámetros de innovación en metodología docente en el marco de reconocimiento de la evaluación de la actividad del profesorado universitario.

3. Línea estratégica de capacitación.

Objetivo 8. Desarrollar metodologías para el aprendizaje de la creatividad, la innovación, la responsabilidad y el emprendimiento.

Acción:

- Impulsar la creación de módulos formativos e innovadores orientados a la creación de empresas.

Objetivo 9. Incrementar la formación y el aprendizaje sobre creatividad, innovación, responsabilidad y emprendimiento.

Acciones:

- Formación de la creatividad, la innovación y el emprendimiento entre el profesorado.

- Complementar el Master de Profesorado de Enseñanza Secundaria con contenidos propios de la Cultura Emprendedora.

- Ofertar asignaturas para el Fomento de la Cultura Emprendedora (creatividad, innovación y emprendimiento).

- Incorporar en el aprendizaje universitario los atributos relativos a la creatividad, la innovación y la cultura emprendedora.

- Estimular y potenciar el modelo de «Junior Empresa».

- Organizar conferencias y seminarios impartidos por personas expertas nacionales e internacionales.

- Impulsar la realización de coloquios con la participación de jóvenes empresarios y empresarias de éxito.

- Impulsar la formación de postgrado en innovación, creatividad y emprendimiento.

- Fomentar la formación especializada del personal docente e investigador y del personal de administración y servicios.

4. Línea estratégica de experimentación.

Objetivo 11. Fortalecer la aplicación del conocimiento para innovar y emprender.

Acción:

- Intensificar la conexión Universidad-Empresa basada en el conocimiento.

Objetivo 13. Innovación basada en la aplicación del conocimiento.

Acciones:

- Fomentar instrumentos de identificación de resultados de investigación susceptibles de generar un modelo de negocio.

- Potenciar la realización de prácticas en empresas.

- Favorecer los convenios para la realización de Proyectos Motrices.

- Promocionar la interacción con agentes del conocimiento.

5. Línea estratégica de Aplicación y Creación de Empresas.

Objetivo 14. Generar un entorno favorable a la creación de distintos tipos y formas de empresas.

Acciones:

- Prestación de servicio de análisis de viabilidad de la idea de negocio.

- Favorecer la disponibilidad de uso de herramientas virtuales de autodiagnóstico y simulación.

- Fomentar el contacto de las nuevas empresas con los grupos de investigación.

- Impulsar la cooperación entre jóvenes empresarios y empresarias como instrumento de innovación y competitividad.

- Asesorar y apoyar a través del Plan Andaluz de Internacionalización las actividades de negocios emprendedores.

Objetivo 15. Facilitar los primeros pasos de las ideas empresariales, en sus distintas modalidades.

Acciones:

- Asesoramiento sobre la disponibilidad de espacios como viveros de empresa.

- Prestación de servicio de ayuda para la creación del plan de negocio.

- Ofrecer asesoramiento jurídico para tramitar el plan de empresa.

- Prestación de servicio de información, asesoramiento y apoyo a la búsqueda de financiación.

- Prestación de servicio de consultoría avanzada para la protección legal de las ideas.

6. Línea estratégica de Ecosistema.

Objetivo 16. Potenciar las relaciones del sistema educativo con sus entornos económicos y sociales.

Acciones:

- Promover la cultura innovadora y emprendedora en redes sociales generales y especializadas.

- Interactuar y coordinar con entidades no universitarias del entorno en programas para el Fomento de la Cultura Emprendedora.

- Impulsar las relaciones interuniversitarias para la cultura emprendedora.

Objetivo 17. Intensificar la interconexión del sistema educativo con el sistema productivo.

Acciones:

- Impulsar las Cátedras de Emprendimiento y de Empresas Innovadoras y Creativas.

- Potenciar el papel de las Fundaciones Universidad-Empresa en la formación para la cultura emprendedora.

- Potenciar la Cultura Emprendedora en los Campus de Excelencia.

- Potenciar la movilidad internacional de jóvenes investigadores en el ámbito formativo y en la práctica profesional.

- Programa «Universidad Emprende e Innova». Acercar el mundo empresarial a las universidades.

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