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Procedimiento: Social Ordinario 790/2011. Negociado: 5.
NIG: 4109144S20110009475.
De: Fundación Laboral de la Construcción.
Contra: Cima Construcciones y Proyectos, S.L.
EDICTO
Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 790/2011, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Cima Construciones y Proyectos, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha 29.11.11 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la Fundación Laboral de la Construcción contra la Empresa Cima Construcciones y Proyectos, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la suma de doscientos ochenta y un euros con cuatro céntimos (281,04 €).
Notifíquese la presente resolución a los partes, previniéndolas de que la misma es firme y haciéndoles saber que contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.
Así por esta mi sentencia firmemente juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Cima Construcciones y Proyectos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veintiuno de marzo de dos mil catorce.- El Secretario Judicial.
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