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Examinado el expediente incoado a instancia de don Francisco José Pérez Pineda, representante de «Centro de Educación Infantil Fanyfran, S.L.», entidad titular del centro de educación infantil Disney 2, de Bormujos (Sevilla), en solicitud de modificación de la autorización administrativa del mismo por traslado a unas nuevas instalaciones de la misma localidad.
Resultando que el mencionado centro con código 41012523, tiene autorización administrativa para 6 unidades de primer ciclo de educación infantil con 89 puestos escolares, por Orden de 5 de enero de 2011 (BOJA de 8 de febrero), teniendo suscrito con esta Consejería de Educación, Cultura y Deporte el convenio de financiación al que se refiere el articulo 51 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo.
Resultando que en el mencionado expediente ha recaído informe favorable de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos en Sevilla.
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 10 de mayo); y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. 1. Conceder una modificación de la autorización administrativa al centro de educación infantil «Disney 2», código 41012523, ubicado en Avda. Constitución, 3 y 5, de Bormujos (Sevilla), promovida por Centro de Educación Infantil Fanyfran, S.L., como entidad titular del mismo, por traslado a unas nuevas instalaciones, sitas en C/ Manuel Esquivias, 28, de la misma localidad, quedando configurado con 6 unidades de primer ciclo de educación infantil para 91 puestos escolares.
2. El funcionamiento de los puestos escolares que se incrementan por la presente Orden estará supeditado a la modificación del convenio suscrito con el centro, al que se refiere el artículo 51 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, para la financiación de los nuevos puestos escolares que por la presente Orden se autorizan, para lo que habrá que solicitar la citada modificación, que estará sujeta a la planificación educativa de la red de escuelas y centros de educación infantil de primer ciclo y a las disponibilidades presupuestarias.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 26 de marzo de 2014
LUCIANO ALONSO ALONSO | |
Consejero de Educación, Cultura y Deporte |