Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00047004.
El artículo 18 del Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio, establece que los centros docentes a los que resulta de aplicación dicho Reglamento, dependientes de la Consejería competente en materia de educación, tendrán la denominación específica que apruebe esta Consejería a propuesta del Consejo Escolar del centro, con el informe favorable del Ayuntamiento.
Teniendo en cuenta los expedientes de solicitud de nueva denominación específica para determinados centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, remitidos por las correspondientes Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte, y a propuesta de la Directora General de Planificación y Centros,
DISPONGO
Aprobar la denominación específica de los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo de esta Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 7 de abril de 2014
Luciano Alonso Alonso | |
Consejero de Educación, Cultura y Deporte |
ANEXO
Provincia de Almería.
Código: 04009371.
Centro: Colegio de Educación Infantil y Primaria.
Municipio: Huércal de Almería.
Localidad: Huércal de Almería.
Nueva denominación específica: «Clara Campoamor».
Provincia de Córdoba.
Código: 14011535.
Centro: Colegio de Educación Infantil y Primaria.
Municipio: La Carlota.
Localidad: La Carlota.
Nueva denominación específica: «Nelson Mandela».
Provincia de Jaén.
Código: 23601382.
Centro: Colegio de Educación Infantil y Primaria.
Municipio: Baeza.
Localidad: Puente del Obispo.
Nueva denominación específica: «La Laguna».
Provincia de Málaga.
Código: 29001509.
Centro: Colegio de Educación Infantil y Primaria «Sagrado Corazón de Jesús».
Municipio: Ardales.
Localidad: Ardales.
Nueva denominación específica: «José Núñez León».
Provincia de Sevilla.
Código: 41011786
Centro: Colegio de Educación Infantil y Primaria.
Municipio: Mairena del Aljarafe.
Localidad: Mairena del Aljarafe.
Nueva denominación específica: «Miguel Hernández».
Código: 41017193.
Centro: Colegio de Educación Infantil y Primaria.
Municipio: Umbrete.
Localidad: Umbrete.
Nueva denominación específica: «Arcu».
Código: 41012365.
Centro: Colegio de Educación Infantil y Primaria.
Municipio: Villaverde del Río.
Localidad: Villaverde del Río.
Nueva denominación específica: «Alpesa».
Descargar PDF