Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 20/05/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Orden de 28 de abril de 2014, de rectificación de la Orden de 2 de diciembre de 2013, por la que se aprueba el deslinde del monte público «Las Villas Mancomunadas de Villacarrillo».

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Expte. MO/00091/2009

Una vez aprobado el deslinde del monte público Las Villas Mancomunadas de Villacarrillo, código de la Junta de Andalucía JA-70036-AY, propiedad del Ayuntamiento de Villacarrillo, expediente MO/00091/2009, y situado en el término municipal de Villacarrillo, provincia de Jaén (mediante Orden de aprobación publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 243, de fecha 13 de diciembre de 2013), se han detectado errores en las coordenadas de varios piquetes, lo que ha provocado un cálculo incorrecto de las superficies contenidas en la citada Orden.

Por tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y conforme a lo establecido en el artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se procede a las siguientes rectificaciones:

1.º En el punto cuarto de los hechos, donde dice:

«...así como 2.410 piquetes que definen la linde de los enclavados y delimitan las casas-cortijo...»

Debe decir:

«...así como 2.408 piquetes que definen la linde de los enclavados y delimitan las casas-cortijo...»

2.º En el apartado primero del punto quinto de la parte resolutoria, al señalar los datos del Cortijo «El Romeral», donde dice:

«Superficie: 1224,23 m²»

Debe decir:

«Superficie: 804,05 m²»

3.º En el apartado segundo del punto quinto de la parte resolutoria, en las tablas de superficies, donde dice:

Enclavado Superficie (ha)
16 17,6616
168 22,4841
172 0,6095
173 0,2058
174 0,5000
175 0,8600
176 1,4672
177 0,3145
178 0,1187
179 0,1282
180 0,0886
181 0,0906
182 0,2904
Total 398,4790
Cortijos de Dominio Público Superficie (m²)
Cortijo O «El Romeral» 1224,23
Total 24964,56
Superficie (ha)
Superficie total del monte 5943,11
Superficie total enclavados y cortijos 401,19
Superficie pública forestal 5541,93

Debe decir:

Enclavado Superficie (ha)
16 17,6322
168 22,4984
172 0,2904
173 0,6095
174 0,2058
175 0,5000
176 0,8600
177 1,4672
178 0,3002
179 0,1187
180 0,1282
181 0,0886
182 0,0906
Total 398,4496
Cortijos de Dominio Público Superficie (m²)
Cortijo O «El Romeral» 804,05
Total 24544,38
Superficie (ha)
Superficie total del monte 5943,11
Superficie total enclavados y cortijos 401,11
Superficie pública forestal 5542,00

4.º En el Anejo a la Orden de Aprobación, al describir las coordenadas de los piquetes, donde dice:

PERÍMETRO EXTERIOR
PIQUETE COORD. X COORD. Y
96 509023,66 4210090,47
97 509047,70 4209951,34
98 508946,31 4209856,5
99 508859,84 4209714,23
100 508787,82 4209601,9
101 508763,25 4209488,33
102 508709,17 4209401,02
103 508652,26 4209362,4
104 508641,28 4209208,7
105 508571,23 4209100,31
106 508641,27 4209208,73
ENCLAVADO 117
PIQUETE COORD. X COORD. Y
117-3 505508,03 4211512,76
CORTIJO O «EL ROMERAL»
PIQUETE COORD. X COORD. Y
O-a 506363,82 4212249,39
O-b 506368,77 4212262,53

Debe decir:

PERÍMETRO EXTERIOR
PIQUETE COORD. X COORD. Y
96 509065,35 4210177,52
97 509023,66 4210090,47
98 509047,70 4209951,34
99 508946,31 4209856,5
100 508859,84 4209714,23
101 508787,82 4209601,9
102 508763,25 4209488,33
103 508709,17 4209401,02
104 508652,26 4209362,4
105 508641,28 4209208,7
106 508571,23 4209100,31
ENCLAVADO 117
PIQUETE COORD. X COORD. Y
117-3 505538,44 4211551,04
CORTIJO O «EL ROMERAL»
PIQUETE COORD. X COORD. Y
O-a 506334,24 4212293,14
O-b 506363,82 4212249,39

5.º Quedan anulados los piquetes de deslinde desde el núm. 113-8 al 113-10, ambos inclusive, cuyas coordenadas son las siguientes:

ENCLAVADO 113
PIQUETE COORD. X COORD. Y
113-8 506334,24 4212293,14
113-9 506315,93 4212304,69
113-10 506308,83 4212297,14

La corrección señalada no supone alteración, ni modificación de derechos de terceros afectados por el deslinde.

Sevilla, 28 de abril de 2014

MARÍA JESÚS SERRANO JIMÉNEZ
Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
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