Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 10/06/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Corrección de errores de la Resolución de 27 de diciembre de 2012, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva, emitida por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativa a la innovación núm. 8 del PGOU del término municipal de Gibraleón (BOJA núm. 67, de 9.4.2013).

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Publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 67, de 9 de abril de 2013 (página 116 a 117) el Cumplimiento de Resolución de la Modificación núm. 8 del Plan General de Ordenación Urbanística del término municipal de Gibraleón, aprobado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva en sesión celebrada el 27 de diciembre de 2012 (CP-090/2010), se ha advertido error en el texto de la misma, transcribiéndose a continuación la oportuna rectificación:

- Respecto al encabezamiento, donde dice: «Resolución de 27 de diciembre de 2012, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva, emitida por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativa al expediente que se cita del Plan General de Ordenación Urbanística del término municipal de Gibraleón.

RESOLUCIóN DE LA INNOVACIÓN núm. 8 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DEL TÉRMINO MUNICPAL DE GIBRALEÓN».

Debe decir: «Resolución de 27 de diciembre de 2012, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva, emitida por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativa al Cumplimiento de Resolución de la Innovación núm. 8 del Plan General de Ordenación Urbanística del término municipal de Gibraleón (CP-090/2010)».

- Respecto al Resuelve Primero (página 117), donde dice: «Primero. Aprobar Definitivamente la Innovación núm. 8 del Plan General de Ordenación Urbanística de Gibraleón, recomendándose a la corporación corregir el apartado g) del art. 272 para excluir de las condiciones señaladas de aislamiento geográfico también a las edificaciones vinculadas a los usos propios del suelo no urbanizable por tratarse de instalaciones necesarias para su explotación. Por todo lo anterior se supeditará en su caso su publicación y registro conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y el Decreto 2/2004, de 7 de enero, a la subsanación de las deficiencias en los términos expuestos en el siguiente apartado de este Acuerdo, recomendándose que por parte de la Corporación Municipal se elabore un texto unitario omnicomprensivo que refunda los distintos documentos de la Modificación, una vez realizado el cumplimiento de las subsanaciones citadas y ratificado por el Pleno Municipal, debiendo ser sometidas a información pública las modificaciones que incorpore la subsanación que se consideren sustanciales, deberán ser remitidos dos ejemplares en formato papel y uno en soporte informático, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía».

Debe decir: «Primero. Aprobar Definitivamente el Cumplimiento de Resolución de la Innovación núm. 8 del Plan General de Ordenación Urbanística de Gibraleón, recomendándose a la corporación corregir el apartado h) del art. 272 para excluir de las condiciones señaladas de aislamiento geográfico también a las edificaciones vinculadas a los usos propios del suelo no urbanizable por tratarse de instalaciones necesarias para su explotación. Por todo lo anterior se supeditará en su caso su publicación y registro conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y el Decreto 2/2004, de 7 de enero, a la subsanación de las deficiencias en los términos expuestos en el siguiente apartado de este Acuerdo, recomendándose que por parte de la Corporación Municipal se elabore un texto unitario omnicomprensivo que refunda los distintos documentos de la Modificación, una vez realizado el cumplimiento de las subsanaciones citadas y ratificado por el Pleno Municipal, debiendo ser sometidas a información pública las modificaciones que incorpore la subsanación que se consideren sustanciales, deberán ser remitidos dos ejemplares en formato papel y uno en soporte informático, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía».

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