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Vista la solicitud presentada por don Eduardo Herrera Jiménez, como representante de la Federación Andaluza de Fútbol, para la extinción de la autorización administrativa de las sedes de la red de centros dependiente del centro autorizado de enseñanzas deportivas «Federación Andaluza de Fútbol», situadas en Huércal-Overa, La Carlota, Córdoba, Jaén, Herrera, Lebrija y Osuna, por cese de actividades de las mismas.
Resultando que por Orden de 3 de junio de 2008 (BOJA de 27 de junio) el centro autorizado de enseñanzas deportivas «Federación Andaluza de Fútbol», de Sevilla, con código 41005464, cuenta con autorización para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Técnico deportivo y Técnico deportivo superior en las especialidades de Fútbol y Fútbol Sala.
Resultando que por Orden de 30 de octubre de 2009 (BOJA de 4 de diciembre) y Órdenes posteriores el centro autorizado de enseñanzas deportivas «Federación Andaluza de Fútbol» cuenta con autorización para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Técnico deportivo y Técnico deportivo superior en las especialidades de Fútbol y Fútbol Sala en una red de centros dependiente de él, con distintas sedes.
Resultando que el expediente de extinción de la autorización de las mencionadas sedes cuenta con informe favorable de los Servicios de Inspección de Educación de las Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte de Almería, Córdoba, Jaén y Sevilla.
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE de 9 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial; el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, de aplicación a este centro en virtud de lo establecido en la disposición transitoria segunda del Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; y demás disposiciones aplicables.
Considerando que el artículo 22.1 del Decreto 193/1997, de 29 de julio, establece que el expediente de extinción de la autorización administrativa de un centro puede realizarse a instancias del interesado.
En virtud de todo lo anterior y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Extinguir la autorización administrativa de las siguientes sedes de la red de centros dependiente del centro autorizado de enseñanzas deportivas «Federación Andaluza de Fútbol», código 41005464, de Sevilla:
1. Sede de Huércal-Overa:
Domicilio: Pabellón Deportivo de Huércal-Overa.
Localidad: Huércal-Overa.
Municipio: Huércal-Overa.
Provincia: Almería.
2. Sede de Córdoba:
Domicilio: Instalación Deportiva Municipal Fontanar, C/ Castelló d’Empuries, s/n.
Localidad: Córdoba.
Municipio: Córdoba.
Provincia: Córdoba.
3. Sede de La Carlota:
Domicilio: Centro de Formación y Exposiciones «José María Alcalde Cáceres». Avda. del Deporte, s/n.
Localidad: La Carlota.
Municipio: La Carlota.
Provincia: Córdoba.
4. Sede de Jaén:
Domicilio: Universidad de Jaén. Campus de las Lagunillas, s/n.
Localidad: Jaén.
Municipio: Jaén.
Provincia: Jaén.
5. Sede de Herrera:
Domicilio: Complejo Deportivo y Educativo Estadio Municipal «Juan Benjumea». Ctra. de Estepa, s/n.
Localidad: Herrera.
Municipio: Herrera.
Provincia: Sevilla.
6. Sede de Lebrija:
Domicilio: Centro Cívico Blas Infante. Estadio Municipal.
Localidad: Lebrija.
Municipio: Lebrija.
Provincia: Sevilla.
7. Sede de Osuna:
Domicilio: Centro de Apoyo al Empleo. C/ Alfareros, 33.
Localidad: Osuna.
Municipio: Osuna.
Provincia: Sevilla.
Segundo. Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dichas sedes, en lo que afecta a las mismas, siendo necesario para el caso de que se instase su reapertura dar cumplimiento a los preceptos recogidos en las disposiciones en materia de autorización de centros autorizados de enseñanzas deportivas.
Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 15 de julio de 2015
ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN | |
Consejera de Educación |