Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 03/08/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 16 de julio de 2015, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado integrado de formación profesional «Comunidad Sorda Andaluza» de Atarfe (Granada).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Alfredo Gómez Fernández, como Presidente de la Fundación Andaluza Accesibilidad y Personas Sordas, titular del centro docente privado integrado de formación profesional «Comunidad Sorda Andaluza», con domicilio en C/ Maracena, s/n, de Atarfe (Granada), por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta, en lo que se refiere a la formación profesional inicial, por la ampliación de las mismas en tres ciclos formativos de formación profesional de grado superior, uno de Educación infantil, uno de Integración social y uno de Promoción de igualdad de género según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el citado centro, con código 18000222, tiene autorización, en cuanto a la formación profesional inicial, para impartir un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Interpretación de la lengua de signos.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Granada y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre (BOE de 24 de noviembre), por el que se establece el título de técnico superior en Educación infantil y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1074/2012, de 13 de julio (BOE de 15 de agosto), por el que se establece el título de técnico superior en Integración social y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 779/2013, de 11 de octubre (BOE de 20 de noviembre), por el que se establece el título de técnico superior en Promoción de igualdad de género y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general; y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al centro docente privado integrado de formación profesional «Comunidad Sorda Andaluza», código 18000222 y domicilio en C/ Maracena, s/n, de Atarfe (Granada), cuyo titular es Fundación Andaluza Accesibilidad y Personas Sordas, quedando con la configuración de enseñanzas, en lo que a formación profesional inicial se refiere, que se describe a continuación:

Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

Interpretación de la lengua de signos:

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 44.

Educación infantil:

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Integración social:

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Promoción de igualdad de género:

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Segundo. La autorización del ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Promoción de igualdad de género al que se hace referencia en el apartado primero tendrá vigencia a partir del curso académico en que se implante, de acuerdo con el calendario establecido para ello.

Tercero. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Cuarto. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Granada la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de julio de 2015

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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