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Esta Delegación Territorial, en el ejercicio de la delegación de competencias atribuidas por la Orden de 15 de enero de 2014, y en uso de la competencia establecida en el artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a entidades públicas, asociaciones del alumnado, y de madres y padres del alumnado, y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012, y en el transcurso de la tramitación de la convocatoria para el desarrollo de Programas dirigidos a la prevención, seguimiento y control del Absentismo Escolar durante el curso 2015/2016, realizada mediante Resolución de 23 de marzo 2015, de la Dirección General de Participación y Equidad (BOJA núm. 67, de 9 de abril de 2015), valorados los proyectos y emitida su Propuesta por la Comisión Evaluadora Provincial, a quien compete,
ACUERDA
Primero. Resolver la convocatoria que, para el curso escolar 2015/2016, realiza la Resolución de 23 de marzo de 2015 (BOJA núm. 67, de 9 de abril de 2015), de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para financiar programas de absentismo escolar otorgando las subvenciones a las entidades sin fines de lucro que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.
Segundo. Desestimar las restantes solicitudes de las Entidades sin ánimo de lucro que han participado en la convocatoria por los motivos que se especifican en el Anexo II de esta Resolución.
Tercero. Disponer el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas, que se extenderá desde la publicación de esta Resolución hasta la finalización del curso académico 2015/2016 y, así mismo, el plazo de justificación de las ayudas recibidas, que comprende desde la finalización del proyecto de actividades hasta el 31 de agosto de 2016, debiendo presentar una cuenta justificativa del cumplimiento de la actividad, ante esta Delegación Territorial, acompañada de las documentación prescriptiva que señala el artículo 27 de la referida Orden de 15 de abril de 2011.
Cuarto. El pago de las subvenciones se realizará en un solo pago anticipado por el total de la cuantía concedida, mediante transferencia bancaria a las cuentas designadas por las Entidades beneficiarias de estas ayudas y cuyo importe total de veinticinco mil cuarenta y seis euros (25.046,00 €) ha sido el otorgado a la provincia de Granada, con denominación en el sistema-programa GIRO: Centro gestor 13 - Servicio: 02 - Posición presupuestaria: 1300020000/G/42F/48100/18.
Quinto. La presente Resolución pone fin al procedimiento y agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo en la forma y en los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998), reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Granada, 29 de julio de 2015.- La Delegada, Ana Gámez Tapias.
ANEXO I
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BENEFICIARIAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR CURSO 2015/2016
ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO SOLICITANTE | CIF | PRESUPUESTO REFORMULADO | SUBVENCIÓN PROPUESTA |
PORCENTAJE DE FINANCIACIÓN |
CÁRITAS DIOCESANA DE GRANADA | R1800085A | 3.046,00€ | 3.046,00€ | 100% |
ASOCIACIÓN DE MUJERES GITANAS ROMI | G18222240 | 6.500,00€ | 6.500,00€ | 100% |
FAKALI, MUJERES GITANAS DE ANDALUCÍA | G91274035 | 2.400,00€ | 2.400,00€ | 100% |
ASOCIACIÓN PARA LA INTERVENCIÓN CON MENORES EN RIESGO SOCIAL-IMERIS | G18518183 | 2.400,00€ | 2.400,00€ | 100% |
ASOCIACIÓN ALMANJÁYAR EN FAMILIA (ALFA) | G18710558 | 4.000,00€ | 4.000,00€ | 100% |
FUNDACIÓN PROYECTO DON BOSCO | G14522171 | 2.400,00€ | 2.400,00€ | 100% |
LIGA ESPAÑOLA DE LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA POPULAR-LIGA GRANADINA | G18231852 | 2.300,00€ | 2.300,00€ | 100% |
ASOCIACIÓN CULTURAL CALÉ CHACHIPEN | G19502459 | 1.000,00€ | 1.000,00€ | 100% |
ASOCIACIÓN AD-HOC DE ATENCIÓN A PERSONAS CON PROBLEMAS DE ADICCIONES | G18240705 | 1.000,00€ | 1.000,00€ | 100% |
Importe total-DT Granada 25.046,00 euros |
ANEXO II
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EXCLUIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR CURSO 2015/2016
ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO SOLICITANTE | CAUSA DE EXCLUSIÓN | FUNDAMENTO JURÍDICO |
ASOCIACIÓN GITANA ANAQUERANDO | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 23/marzo/2015. |
FEDERACIÓN PROVINCIAL DE MADRES Y PADRES DE ALUMNADO DE GRANADA-FAMPA ALHAMBRA. | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 23/marzo/2015. |
ALDEAS INFANTILES-SOS | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 23/marzo/2015. |
FUNDACIÓN GLOBALIA | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 23/marzo/2015. |
AMPA FUENTE DE PIEDRA DE ALMUÑÉCAR | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 23/marzo/2015. |
FUNDACIÓN MARÍA MADRID | Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 23/marzo/2015. |
ASOCIACIÓN MEDIANDO Y CRECIENDO |
Crédito agotado |
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011. Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 23/marzo/2015. |
ASOCIACIÓN COMARCAL DE FAMILIAS AFECTADAS POR TRASTORNO DÉFICIT DE ATENCIÓN CON HIPERACTIVIDAD ACOFA-TDAH | No cumplir el objeto y ámbito de aplicación de la convocatoria | Apartado p rimero, punto e) de la Resolución de 23 de marzo de 2015. Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía. Artículo único, punto e). |
No cumplir el objeto y ámbito de aplicación de la convocatoria. |
Apartado primero, punto e) de la Resolución de 23 de marzo de 2015. Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía. Artículo único, punto e). |
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ASOCIACIÓN LUZ EN ACCIÓN DE CARTUJA (GRANADA) |
No haber cumplimentado los Anexos I que acompañan la Resolución de 23 de marzo de 2015, en plazo y forma. |
BASES REGULADORAS. Artículo 10. Solicitudes: « Las solicitudes se presentarán ajustándose al formulario incorporado en la convocatoria, cumplimentando: … e) En los apartados correspondientes de la solicitud, la información necesaria para aplicar los criterios de valoración.» |
A todo lo anterior habría que añadir: | ||
1.º La imposibilidad de aplicar los criterios de valoración: - Actuación de interés social y comunitario. - Grado de experiencia de la entidad. - Coordinación con los centros docentes, - Adecuación del presupuesto desglosado a las actividades programadas… pues no aparecen estos apartados desarrollados en la solicitud. |
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2.º Como tampoco se han desarrollado aspectos fundamentales en todo proyecto de prevención seguimiento y control del absentismo escolar como son: - La temporalización de las actividades, - Los criterios de evaluación del proyecto. - El seguimiento del grado de ejecución (momentos, métodos,...). |