Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 22/09/2015

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Orden de 16 de septiembre de 2015, por la que se designan a las personas titulares de la Presidencia de los Consejos Rectores y Consejos Generales y a los vocales en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, en los Consorcios Escuela de Formación que se citan.

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El Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en su artículo 9, atribuye a la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio las competencias en materia de Formación Profesional para el Empleo anteriormente atribuidas a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

De conformidad con el Decreto-ley 4/2013, de 2 de abril, por el que se modifica la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo, en su disposición final segunda, la Consejería de Educación asume la posición jurídica de la Junta de Andalucía en los Consorcios Escuela de Formación.

Los respectivos Estatutos del Consorcio Escuela de Hostelería de Málaga, del Consorcio Escuela de Hostelería de Benalmádena, y del Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio en Mijas, participados por la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, y los Ayuntamientos donde los citados Consorcios se ubican, prevén que la Presidencia de los Consejos Rectores o de los Consejos Generales debe ser ejercida por un representante de la citada Consejería designado por la persona titular de la misma, que en el caso particular del Consorcio Escuela de Hostelería de Málaga debe tener rango mínimo de Dirección General.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en la disposición final segunda del Decreto-ley 4/2013, de 2 de abril, en ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, y de conformidad con lo dispuesto en los respectivos Estatutos de los Consorcios Escuela de Formación,

DISPONGO

Primero. Consorcio Escuela de Hostelería de Málaga.

1. Designar como persona titular de la Presidencia efectiva del Consejo General del Consorcio Escuela de Hostelería de Málaga, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos, aprobados por Orden de la Consejería de Trabajo de 22 de julio de 1991, a la persona titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en la provincia de Málaga.

2. Designar, conforme al mismo artículo de sus Estatutos, a la personas titulares de la Jefatura de Servicio de Formación para el Empleo, de la Jefatura de Servicio de Industria, Energía y Minas y de la Jefatura de Servicio de Administración Laboral de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Málaga, como vocales del Consejo General en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

En caso de ausencia o vacante, las personas designadas como vocales podrán sustituirse por responsables de otros servicios o departamentos de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Málaga.

Segundo. Consorcio Escuela de Hostelería de Benalmádena (Málaga).

1. Designar como persona titular de la Presidencia del Consejo Rector del Consorcio Escuela de Hostelería de Benalmádena, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos, aprobados por Orden de la Consejería de Trabajo de 1 de febrero de 1994, a la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Málaga.

2. Designar, conforme al mismo artículo de sus Estatutos, a la personas titulares de la Jefatura de Servicio de Formación para el Empleo, de la Jefatura de Servicio de Industria, Energía y Minas y de la Jefatura de Servicio de Administración Laboral de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Málaga, como vocales del Consejo Rector en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

En caso de ausencia o vacante, las personas designadas como vocales podrán sustituirse por responsables de otros servicios o departamentos de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Málaga.

Tercero. Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio en Mijas (Málaga).

1. Designar como persona titular de la Presidencia del Consejo General del Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio en Mijas, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de sus Estatutos, aprobados por Orden de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de 20 de diciembre de 2001, a la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Málaga.

2. Designar, conforme al mismo artículo de sus Estatutos, a la personas titulares de la Jefatura de Servicio de Formación para el Empleo, de la Jefatura de Servicio de Industria, Energía y Minas y de la Jefatura de Servicio de Administración Laboral de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Málaga, como vocales del Consejo General en representación de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

En caso de ausencia o vacante, las personas designadas como vocales podrán sustituirse por responsables de otros servicios o departamentos de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en la provincia de Málaga.

Cuarto. Cese de efectos de anteriores designaciones.

Dejar sin efecto las designaciones efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden para el Consorcio Escuela de Hostelería de Málaga, el Consorcio Escuela de Hostelería de Benalmádena y el Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio en Mijas.

Quinto. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de septiembre de 2015

JOSÉ SÁNCHEZ MALDONADO
Consejero de Empleo, Empresa y Comercio
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